Consejería De Educación Y Empleo. Admisión Del Alumnado. (2022064019)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2023/2024.
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NÚMERO 244
Jueves 22 de diciembre de 2022

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Dicha resolución será publicada en la fecha indicada en el Anexo I por todos los centros educativos para cada uno de los procedimientos y deberán exponerse en los tablones de anuncios
y difundirse a través de todos los sistemas de información pública de que disponga el centro
educativo.
Quinto. Comisiones de escolarización.
1. D
 e conformidad con el artículo 7 de la Orden de la Consejería de Educación y Empleo, de
3 de enero de 2022, las Delegaciones Provinciales de Educación constituirán, con anterioridad al 20 de enero de 2023, comisiones de escolarización de ámbito local, del distrito
educativo o provincial así como, una Comisión de Escolarización Provincial con sede en la
Delegación Provincial de Educación correspondiente, cuyo ámbito será el de aquellas localidades que no posean comisión de escolarización de ámbito local, de tal manera, que todas
las localidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura quedarán bajo la supervisión y
amparo de una comisión de escolarización.
2. A
 simismo, estas comisiones tendrán una sede abierta en horario de atención al público,
al menos un día lectivo semanal, para atender sus funciones. Las sedes, teléfonos, direcciones de correo electrónico, así como el horario de apertura de estas comisiones, serán
publicados en el portal de escolarización: https://www.educarex.es/escolarizacion
3. T
 al y como se recoge en el artículo 13, apartado 3 del Decreto 128/2021, de 17 de noviembre, las comisiones de escolarización tienen, entre otras funciones, que informar a los
padres, madres, tutores legales o quienes ejerzan la guarda y/o acogimiento del menor, y
a los alumnos y alumnas en su caso, sobre las plazas disponibles en los centros sostenidos
con fondos públicos de su ámbito territorial y garantizar que los centros y las Oficinas de
Escolarización, en su caso, faciliten la información determinada en dicho Decreto.
4. R
 especto a los representantes de la comisión de escolarización recogidos en el artículo 7
apartado 2 h) de la Orden de 3 de enero de 2022, la fecha a considerar a efectos de la
representatividad patronal y sindical de los colegios que pertenecen al ámbito del Convenio
Colectivo de Empresas de Enseñanzas sostenidas total o parcialmente con fondos públicos,
será la del día 10 de enero de 2023.
Sexto. Información al alumnado y a las familias.
1. L
 os centros educativos sostenidos con fondos públicos, las oficinas de escolarización, las
comisiones de escolarización y las Delegaciones Provinciales de Educación informarán a los
padres, madres, tutores legales o quienes ejerzan la guarda y/o acogimiento del alumnado
y, en su caso, a éste si es mayor de edad, sobre el procedimiento de escolarización.