Consejería De Educación Y Empleo. Admisión Del Alumnado. (2022064019)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2023/2024.
61 páginas totales
Página
NÚMERO 244
Jueves 22 de diciembre de 2022

63992

Para la presentación en el centro educativo, es necesario imprimir 3 copias de la presente solicitud
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Información BÁSICA sobre Protección de Datos
RESPONSABLE del Tratamiento Consejera de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura.
Tramitación de procedimientos de admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria
FINALIDAD del Tratamiento
Obligatoria y Bachillerato, en centros docentes sostenidos con fondos públicos.
LEGITIMACIÓN
Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos del Responsable de
del Tratamiento
Tratamiento (art.6.1e) RGPD).
Los datos que nos proporcione podrán cederse a los centros docentes que nos indique en su solicitud, según el orden de
DESTINATARIOS de
prioridad solicitado.
cesiones o transferencias
Con carácter general no se cederán datos a otros terceros, salvo obligación legal.
DERECHOS de las personas
Tiene derecho de acceso, rectificación y supresión de los datos, así como otros que se describen en la información adicional.
interesadas
RESPONSABLE del
Tratamiento
FINALIDAD
del Tratamiento

LEGITIMACIÓN del
Tratamiento

PLAZO DE
CONSERVACIÓN de
los datos
DESTINATARIOS de
cesiones o transferencias

DERECHOS de las
personas interesadas

PROCEDENCIA de los
datos

Información ADICIONAL sobre Protección de Datos
Consejera de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura. Av. de Valhondo, S/N Módulo 5, 06800 Mérida, Badajoz.
Correo electrónico: coordinacionsge@juntaex.es
Delegado de Protección de Datos: dpd@juntaex.es
Tramitación de procedimientos de admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, en centros docentes
sostenidos con fondos públicos.
La Base Jurídica de la finalidad del tratamiento necesario es el cumplimiento de una misión que es realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos del
Responsable de Tratamiento (art. 6.1 e) RGPD), en virtud de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
y del Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la C. A. de Extremadura.
Adicionalmente, el presente tratamiento tiene su legitimación en las siguientes normas:
El Decreto 128/2021, de 17 de noviembre, por el que se regula la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y
Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, desarrollando lo previsto en el artículo 84 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
La Orden de 3 de enero de 2022 por la que se desarrolla el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La información será conservada de forma indefinida hasta el cese de la relación del interesado con la Administración y se conservarán con fines de investigación histórica
o fines estadísticos de acuerdo con la normativa vigente.
Finalizado el expediente, los plazos legalmente previstos en la normativa aplicable y en que Tribunales u otros Órganos Jurisdiccionales competentes los puedan reclamar,
serán trasladados al Archivo Histórico de acuerdo con la normativa vigente.
No están previstas transferencias internacionales de datos ni cesiones de datos, con carácter general.
Sin embargo lo anterior, los datos podrán cederse a otros organismos u órganos de la Administración Pública, sin precisar el previo consentimiento del interesado, cuando
así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o una Ley.
Además, los datos obtenidos de los interesados se cederán a los centros docentes que nos indique en su solicitud, según el orden de prioridad solicitado.
A obtener confirmación sobre la existencia de un tratamiento de sus datos.
A acceder a sus datos personales, solicitar la rectificación de los datos que sean inexactos o, en su caso, solicitar la supresión, cuando entre otros motivos, los datos ya
no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos o el interesado retire el consentimiento otorgado.
En determinados supuestos en que el tratamiento no esté legitimado en el interés público o ejercicio de poderes públicos, el interesado podrá ejercitar su derecho a la
portabilidad de los datos que se traten de forma automatizada y que hayan sido proporcionados por él mismo, con su consentimiento o en el cumplimiento de un contrato.
Así mismo, en determinadas circunstancias el interesado podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso sólo los conservaremos de acuerdo con
la normativa vigente.
También en determinadas circunstancias, pero exclusivamente por motivos derivados de su situación particular, el interesado podrá oponerse al tratamiento de sus datos.
El interesado tiene derecho a revocar en cualquier momento el consentimiento (si fuera este la legitimación para el tratamiento) para cualquiera de los tratamientos para
los que lo haya otorgado.
Estos derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, podrán ejercerse a través del Portal Ciudadano de la Junta de
Extremadura, presentando la correspondiente solicitud en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus
organismos públicos vinculados o dependientes, o por correo postal en la dirección que aparece en el apartado “Responsable”.
Sin perjuicio de cualquier otro recurso administrativo o acción judicial, todo interesado tendrá derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección
de Datos en el supuesto no haber sido atendida su solicitud. El procedimiento para ello está disponible en:
https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos
Los obtenidos de otras Administraciones electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros
sistemas electrónicos habilitados al efecto.
Las categorías de datos que se tratan son:
• Datos y/o códigos de identificación y autenticación.
• Direcciones postales o electrónicas.
• Datos de carácter económico y de rentas anuales de la unidad familiar.
• Datos de tipo académico.
• Datos de carácter especialmente protegido: Condición de discapacidad, datos de salud, de necesidades específicas de apoyo educativo u otros datos relevantes para la
tramitación de los procedimientos de escolarización.