Consejería De Educación Y Empleo. Admisión Del Alumnado. (2022064019)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2023/2024.
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NÚMERO 244
Jueves 22 de diciembre de 2022

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Siguiendo lo establecido en el artículo 20 de la Orden de la Consejería de Educación y Empleo,
de 3 de enero de 2022, la comisión de escolarización o las Delegaciones Provinciales de Educación, en su caso, asignará plaza teniendo en cuenta el orden de prioridad manifestado en
la solicitud. De no existir vacante en el centro o centros docentes solicitados, se ofrecerán a
la persona solicitante las plazas disponibles, para adjudicarle, entre estas, la de su elección.
En cualquier caso, una vez adjudicada plaza escolar, las Delegaciones Provinciales de Educación para las solicitudes recibidas del primer ciclo de Educación Infantil en Escuelas Infantiles
dependientes de la Consejería de Educación y Empleo o la comisión de escolarización para el
resto de solicitudes entregará a la persona solicitante una credencial según el modelo oficial
que figura en el Anexo V para que proceda a la formalización de la matrícula en el centro asignado, dentro de un plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a su entrega.
De no realizarse dicha matriculación en el centro y plazo citados se entenderá que renuncia
a la plaza adjudicada.
Los centros docentes sostenidos con fondos públicos no podrán formalizar ninguna matrícula
fuera de plazo sin la presentación previa de la credencial de escolarización emitida por la correspondiente comisión de escolarización.
No se atenderá una solicitud fuera del plazo de presentación del procedimiento de admisión
correspondiente si el solicitante ya hubiera presentado otra dentro del plazo para el mismo
curso académico, localidad y enseñanza, a excepción del primer ciclo de Educación Infantil
en Escuelas Infantiles dependientes de la consejería competente en materia de educación y
aquellos casos descritos en el artículo 45 de la Orden de la Consejería de Educación y Empleo,
de 3 de enero de 2022.
Decimotercero. Presentación de solicitudes por la vía de urgencia social.
Aquellas familias que se encuentren en alguno de los casos recogidos en el artículo 9 del
Decreto 128/2021, de 17 de noviembre y deseen solicitar una plaza por la vía de urgencia
social para el primer ciclo de Educación Infantil en las Escuelas Infantiles dependientes de
la Consejería de Educación y Empleo deberán presentar una única solicitud según el modelo
normalizado que figura en el Anexo IV.
Las solicitudes por la vía de urgencia social se presentarán, preferentemente de forma telemática. En aquellos casos en los que la tramitación telemática no sea posible se presentarán,
junto con la documentación necesaria correspondiente indicada en el resuelvo noveno, ante
las Delegaciones Provinciales de Educación o en el centro educativo y dirigidas a las Delegaciones Provinciales de Educación.
Estas solicitudes podrán presentarse durante la vigencia del curso escolar según lo establecido en el artículo 18 de la Orden de 3 de enero de 2022.