Consejería De Educación Y Empleo. Admisión Del Alumnado. (2022064019)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2023/2024.
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Jueves 22 de diciembre de 2022

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de entregarse en el centro de Educación Primaria de origen en el que la persona solicitante
esté matriculada.
Asimismo, podrá presentarse mediante cualquiera de los medios previstos en el artículo 16
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el
que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del
mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, además, podrá presentarse ante la comisión de escolarización correspondiente y dentro del plazo
establecido en el Anexo I en el caso del procedimiento general de admisión.
Duodécimo. Presentación de solicitudes fuera de plazo.
El alumnado que solicite la admisión para el primer ciclo de Educación Infantil en las Escuelas
Infantiles dependientes de la Consejería de Educación y Empleo fuera de los plazos establecidos, independientemente de la causa, deberá presentar una única solicitud según el modelo
normalizado que figura en el Anexo III junto con la documentación correspondiente que acredite que cumple los requisitos de acceso y la establecida en el resuelvo noveno para el cálculo
de la cuota mensual a satisfacer por prestación de servicios en Escuelas Infantiles.
Asimismo, el alumnado que solicite la admisión para el resto de enseñanzas y/o etapas reguladas en esta convocatoria en cualquier centro docente sostenido con fondos públicos de la
Comunidad Autónoma fuera de los plazos establecidos debido al traslado de domicilio de la
unidad familiar que implique cambio de localidad, o por inicio de una medida de acogimiento
familiar de la persona solicitante o una discapacidad sobrevenida de cualquiera de los miembros de la familia o por no entregar la solicitud dentro del plazo establecido en el procedimiento, deberá presentar una única solicitud según el modelo normalizado que figura en el Anexo
III junto con la documentación correspondiente que acredite alguna de estas circunstancias
así como aquella que justifique que cumple los requisitos de acceso.
Las solicitudes fuera de plazo se presentarán, preferentemente de forma telemática. En aquellos casos en los que la tramitación telemática no sea posible y para el primer ciclo de Educación Infantil en Escuelas Infantiles dependientes de la Consejería de Educación y Empleo
se presentarán, junto con la documentación necesaria, ante las Delegaciones Provinciales de
Educación o en el centro educativo y dirigidas a las Delegaciones Provinciales de Educación.
Para el resto de solicitudes fuera de plazo se presentarán, junto con la documentación necesaria, ante la comisión de escolarización correspondiente al centro docente elegido como
primera opción, en el centro educativo o ante la comisión de escolarización provincial.
Dichas solicitudes recibidas no se baremarán y serán ordenadas acorde a lo establecido en
el artículo 17.2 del Decreto 128/2021, de 17 de noviembre y atendiendo a la fecha y hora de
presentación de las mismas.