Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022064030)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de aprovechamiento de un recurso de la Sección A) denominado Casatejada ZP-24, en el término municipal de Casatejada. Expte.: IA21/0737.
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Jueves 22 de diciembre de 2022

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entorno. Se cumplirá en todo momento la normativa referente a emisiones sonoras,
ruidos y vibraciones debidas a la maquinaria de trabajo.


— Si puntualmente se necesitase iluminación para algún trabajo auxiliar, deberán utilizarse sistemas de alumbrado que incorporen criterios de iluminación sostenible con
los que se reduzca el consumo energético y se minimice la contaminación lumínica
nocturna de las instalaciones, con iluminación en puntos bajos y apantallamiento hacia el suelo, con un diseño tal que proyecten la luz por debajo del plano horizontal y
lámparas que proporcionen alta eficiencia energética del alumbrado y que no emitan
luz blanca rica en longitudes de onda corta (azules y UV).



— En caso de detectarse problemas y quejas, por generación de polvo y ruidos, el órgano competente podrá determinar la adopción de aquellas medidas correctoras que
sean factibles, como podría ser el asfaltado de parte del camino de acceso a la zona
de extracción, fuera de las zonas de protección natural y de cuenca

15. Gestión de residuos y prevención de la contaminación del suelo:


— Los residuos no mineros generados en el desarrollo de la actividad deberán ser
gestionados conforme a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos
y suelos contaminados para una economía circular. La gestión de residuos deberá
ser realizada por empresas autorizadas conforme a lo establecido en la Ley 7/2022.
Se evitará su manejo incontrolado y se procederá a la retirada y limpieza periódica
de todos los restos o residuos generados durante la explotación. Se pondrá especial
atención en la retirada de cualquier residuo (plásticos, metales, etc.), especialmente
en caso de que se trate de residuos peligrosos (hidrocarburos, filtros de la maquinaria, etc.).



— Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos
en función de su tipología, clasificación y compatibilidad. Todos los residuos clasificados como peligrosos deberán gestionarse en instalaciones adecuadas a su naturaleza. En caso de vertido accidental se procederá a su inertización, limpieza y recogida,
incluida la parte de suelo afectada.



— Los aceites usados y residuos de maquinaria, así como cualquier otro residuo tóxico
y peligroso que pueda generarse, se almacenarán en bidones apropiados en un lugar
controlado, en contenedores estancos y cerrados, hasta que sean retirados por un
gestor autorizado por la DGS. No se permitirá la incineración de cualquier tipo de
residuo dentro de la explotación.