Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2022AC0092)
Acuerdo de 14 de diciembre de 2022, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Misión Comercial Directa Panamá y Misión Comercial Directa Estados Unidos (Miami), para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 244
Jueves 22 de diciembre de 2022

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el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Artículo 12. Modificación de la Resolución.
Darán lugar a la modificación de la resolución de concesión, los cambios de denominación de
la empresa solicitante, conlleve o no cambio de titularidad.
En ningún caso, dicha modificación, podrá suponer un incremento de la cuantía de la ayuda
concedida ni la alteración de su finalidad. El procedimiento para modificar la resolución de
concesión se iniciará de oficio por parte del órgano instructor, bien por iniciativa propia, consecuencia de petición razonada de otros órganos, o bien a instancia de la persona beneficiaria.
Artículo 13. Obligaciones.
1. L
 a percepción de la ayuda por parte del beneficiario conlleva el compromiso de cumplir con
las siguientes obligaciones:
a) Realizar las actuaciones de conformidad con la documentación presentada en la solicitud.
b) Comunicar al órgano concedente cualquier eventualidad sobrevenida en la actividad
subvencionada y que afecte al desarrollo del proyecto o actuación, que serán resueltos
por el órgano concedente.
c) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento del objeto de la actividad subvencionable y de la finalidad determinada en la resolución de concesión de la ayuda.
d) Sujetarse a las acciones de control financiero que se lleven a cabo por los órganos
competentes de la Junta de Extremadura, del Tribunal de Cuentas y, en su caso, de los
correspondientes órganos de la Comunidad Europea, a tenor de la legalidad vigente
reguladora de esta materia.
e) D
 isponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de facultades de
comprobación y control.
f) Mantener un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado que permita una identificación correcta de las operaciones financiadas de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 16.i) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la