Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063973)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y la Empresa "Alsa-Mirat Extremadura, SL", para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los Servicios de Transporte Público Regular y de Uso General de Viajeros por carretera JEV-010, durante los años 2022 a 2025.
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Miércoles 21 de diciembre de 2022

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE MOVILIDAD,
TRANSPORTE Y VIVIENDA Y LA EMPRESA “ALSA-MIRAT EXTREMADURA, SL”,
PARA LA GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE
LA MOVILIDAD PREVISTAS EN EL DECRETO 83/2017, DE 13 DE JUNIO, Y
OTRAS PRESTACIONES PROPIAS DE LA EXPLOTACIÓN DE LOS SERVICIOS
DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR Y DE USO GENERAL DE VIAJEROS POR
CARRETERA JEV-010, DURANTE LOS AÑOS 2022 A 2025.
Mérida, 1 de abril de 2022.
REUNIDOS
De una parte, Dª. Leire Iglesias Santiago, Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda,
actuando en nombre y representación de la Consejería del mismo nombre, en virtud de la
competencia que le confiere el artículo 36. a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, D. Javier Augusto Martínez Prieto, con DNI: ***9565**, actuando en nombre y representación de la empresa “Alsa-Mirat Extremadura, SL”, con NIF núm. B-10503001, titular
del contrato de concesión de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general
por carretera JEV- 010, (Cáceres-Guadalupe y Alía).
Actuando ambas partes de acuerdo con los principios de colaboración y servicio efectivo a los
ciudadanos, se reconocen capacidad jurídica suficiente para otorgar y suscribir el presente
convenio, a cuyo efecto
EXPONEN:
Primero. La Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, a través de la Dirección General
de Transportes, gestiona los servicios de transporte público regular de viajeros de uso general
que se prestan en la Comunidad Autónoma, en virtud de la competencia exclusiva que atribuye a aquélla el artículo 9.1.39 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, cuando discurra el
itinerario íntegramente por el territorio de la Región, o al amparo de la Ley Orgánica 5/1987,
de 30 de julio, de Delegación de Facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en
relación con los transportes por carretera y por cable, cuando se trate de servicios parciales
interiores.
Segundo. La Junta de Extremadura, mediante el Decreto 83/2017, de 13 de junio, por el que
se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera, persigue
el objetivo de financiar la movilidad de los beneficiarios a través de los servicios de transporte