Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022064013)
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto "Modificación de la concesión de aguas superficiales para riego de 53,0303 ha de olivar superintensivo y 7,8590 ha de tomate en la finca Los Arroyos", a ubicar en el término municipal de Almoharín (Cáceres). Expte.: IA21/0604.
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NÚMERO 243
Miércoles 21 de diciembre de 2022



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- De acuerdo con el artículo 32.3 de las disposiciones normativas del plan, todos los
retornos de riego deberán cumplir, antes de su incorporación a acuíferos o cauces,
las normas de calidad ambiental y normativa asociada al medio receptor. En especial se deberá cumplir lo establecido en las Buenas Prácticas Agrarias, y aunque
no se sitúe en zona declarada vulnerable, igualmente se deberá cumplir lo establecido en el Programa de Actuación, aprobados por la Junta de Extremadura en
cumplimiento de la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991,
relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos
procedentes de fuentes agrarias y su trasposición a la legislación española en el
Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la
contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.



- Por tanto, de acuerdo con lo anterior, esta OPH informa que la solicitud es compatible con el Plan Hidrológico de cuenca, con las limitaciones señaladas en los
apartados anteriores, especialmente las indicadas en el apartado d).



- Por tanto, de acuerdo con lo anterior, esta OPH informa que la solicitud es compatible con el Plan Hidrológico de cuenca, con las limitaciones señaladas en los
apartados anteriores, especialmente las indicadas en el apartado d).



- No obstante, en el caso de que no se otorgue la concesión antes de la aprobación
del Plan del tercer ciclo de planificación, actualmente en fase de revisión, y se deba
informar nuevamente la concesión de acuerdo con el nuevo Plan Hidrológico, el
sentido del informe podría no ser favorable.

En conclusión, en las condiciones actuales, se informa desfavorablemente la modificación de características de la concesión solicitada, que se tramita con la referencia
701/2021.
— La Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural informa que:


– No se ha recibido en esta DGBAPC por parte del equipo redactor del referido documento de evaluación ambiental simplifica sobre los posibles valores patrimoniales
existentes en el área de afección del proyecto.



– El estudio no contiene ninguna valoración ni análisis sobre el Patrimonio Cultural que
pudiera verse afectado por la implantación.



– Dado lo expuesto en los apartados anteriores, el documento de evaluación ambiental
simplificada remitido no identifica posibles impactos potenciales del proyecto, Aunque
e n las páginas 45 y 61 del documento presentado se plasman las siguiente s frases