Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063965)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del V Convenio Colectivo para el centro de trabajo "Hospital Quirónsalud Clideba" de Badajoz de la empresa "IDCQ Hospitales y Sanidad, SL".
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NÚMERO 243
Miércoles 21 de diciembre de 2022

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V CONVENIO COLECTIVO PARA EL CENTRO DE TRABAJO “HOSPITAL
QUIRÓNSALUD CLIDEBA” DE BADAJOZ DE LA EMPRESA IDCQ HOSPITALES Y
SANIDAD, SL. 2021-2024.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Ámbito territorial y funcional.
Las normas contenidas en el presente Convenio Colectivo serán de aplicación en el Hospital
Quirónsalud Clideba, y regulan las relaciones laborales entre el Hospital Quirónsalud Clideba
(en adelante HQS Clideba) y el personal que presta sus servicios laborales en dicho Centro
de trabajo, tanto en sus aspectos sanitarios como en los administrativos, organizativos, comerciales y los demás servicios inherentes y de apoyo o complementarios a dicha actividad.
Artículo 2. Ámbito personal.
1. E
 l presente Convenio afectará y será de aplicación a todo el personal que preste sus servicios en HQS Clideba, mediante contrato y relación laboral.
2. De acuerdo con cuanto antecede, quedan expresamente exceptuados del ámbito de aplicación del presente convenio colectivo:
a) Quienes ejerzan actividades de alta dirección o alta función.
b) Los profesionales que se vinculen a la empresa mediante contrato de naturaleza civil o
mercantil.
Las personas que se hallen incursas en los casos de exclusión quedarán vinculadas y su relación se regirá por el contenido específico de sus contratos, cualquiera que sea su naturaleza
jurídica (civil o mercantil).
Artículo 3. Vigencia y denuncia.
La duración del presente Convenio se establece por cuatro años, desde el 1 de enero de 2021
al 31 de diciembre de 2024. Tendrán efectos retroactivos a enero de 2021 la subida del salario
base y complemento de destino. Las demás condiciones no salariales entraran en vigor a la
firma del presente convenio.
Cualquiera de las partes podrá denunciar el presente Convenio con una antelación mínima de
treinta días antes del vencimiento de este. Denunciado el Convenio, en tanto no se llegue a un
acuerdo sobre el nuevo, se entenderá que el presente Convenio se prorroga automáticamente
hasta la firma del nuevo.