Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063965)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del V Convenio Colectivo para el centro de trabajo "Hospital Quirónsalud Clideba" de Badajoz de la empresa "IDCQ Hospitales y Sanidad, SL".
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NÚMERO 243
Miércoles 21 de diciembre de 2022
63634
La excedencia lo será con derecho a reserva y conservación de puesto de trabajo y cómputo del periodo de suspensión a los efectos de antigüedad en la empresa en el caso de
solicitarse por tiempo inferior a un año, debiendo reincorporarse en este caso el trabajador
en la fecha de expiración de la excedencia, y entendiéndose en caso contrario baja voluntaria por parte del trabajador.
Este derecho solo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido
tres años desde el final de la anterior excedencia. No se concederá excedencia voluntaria a
quienes en el momento de solicitarla estuvieran cumpliendo una sanción por falta grave o
muy grave, o sometidos a expediente disciplinario por supuestas infracciones de la misma
índole y hasta la resolución de este.
La petición de excedencia habrá de cursarse por escrito a la Dirección de la Empresa con
un plazo de al menos treinta días de antelación a la fecha de inicio propuesta por el interesado, resolviéndose la solicitud dentro de los veinte días siguientes a la presentación de
esta, y por escrito.
La reincorporación deberá ser solicitada con un mes de antelación, en caso de no respetarse dicho plazo se considerará baja voluntaria del trabajador
3. Excedencia por cuidado de hijos y familiares.
Excedencia por cuidado de hijos: hasta que el hijo tenga 5 años cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como
preadoptivo, aunque éstos sean provisionales a contar desde la fecha de nacimiento o, en
su caso, de la resolución judicial o administrativa el trabajador tendrá derecho a la reserva
de su puesto de trabajo durante el primer año; este derecho se mantendrá durante el segundo año de excedencia siempre que el trabajador preavise con dos meses de antelación
a la expiración del primer año de su voluntad de continuar en dicha situación. En caso de
falta de preaviso, o en todo caso, durante el tercer año de excedencia, la reserva quedará
referida a un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
El periodo en que el trabajador permanezca en situación de excedencia conforme a lo establecido en este apartado será computable a efectos de antigüedad en la empresa.
Excedencia por cuidado de familiares (hasta 2 años): en el caso de excedencia para atender el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que
por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y esté acreditado médicamente, que no desempeñen actividad retribuida, la excedencia será concedida
sin derecho a retribución alguna.
Miércoles 21 de diciembre de 2022
63634
La excedencia lo será con derecho a reserva y conservación de puesto de trabajo y cómputo del periodo de suspensión a los efectos de antigüedad en la empresa en el caso de
solicitarse por tiempo inferior a un año, debiendo reincorporarse en este caso el trabajador
en la fecha de expiración de la excedencia, y entendiéndose en caso contrario baja voluntaria por parte del trabajador.
Este derecho solo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido
tres años desde el final de la anterior excedencia. No se concederá excedencia voluntaria a
quienes en el momento de solicitarla estuvieran cumpliendo una sanción por falta grave o
muy grave, o sometidos a expediente disciplinario por supuestas infracciones de la misma
índole y hasta la resolución de este.
La petición de excedencia habrá de cursarse por escrito a la Dirección de la Empresa con
un plazo de al menos treinta días de antelación a la fecha de inicio propuesta por el interesado, resolviéndose la solicitud dentro de los veinte días siguientes a la presentación de
esta, y por escrito.
La reincorporación deberá ser solicitada con un mes de antelación, en caso de no respetarse dicho plazo se considerará baja voluntaria del trabajador
3. Excedencia por cuidado de hijos y familiares.
Excedencia por cuidado de hijos: hasta que el hijo tenga 5 años cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como
preadoptivo, aunque éstos sean provisionales a contar desde la fecha de nacimiento o, en
su caso, de la resolución judicial o administrativa el trabajador tendrá derecho a la reserva
de su puesto de trabajo durante el primer año; este derecho se mantendrá durante el segundo año de excedencia siempre que el trabajador preavise con dos meses de antelación
a la expiración del primer año de su voluntad de continuar en dicha situación. En caso de
falta de preaviso, o en todo caso, durante el tercer año de excedencia, la reserva quedará
referida a un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
El periodo en que el trabajador permanezca en situación de excedencia conforme a lo establecido en este apartado será computable a efectos de antigüedad en la empresa.
Excedencia por cuidado de familiares (hasta 2 años): en el caso de excedencia para atender el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que
por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y esté acreditado médicamente, que no desempeñen actividad retribuida, la excedencia será concedida
sin derecho a retribución alguna.