Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063822)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y la Universidad de Extremadura, para la mejora, desarrollo y análisis de explotación de datos del proyecto I+D de monitorización de viviendas para la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022

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CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y
VIVIENDA Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA, PARA LA MEJORA,
DESARROLLO Y ANÁLISIS DE EXPLOTACIÓN DE DATOS DEL PROYECTO I+D
DE MONITORIZACIÓN DE VIVIENDAS PARA LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE
EXTREMADURA
Mérida, 30 de noviembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Leire Iglesias Santiago, que interviene en nombre y representación de la
Junta de Extremadura en calidad de Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, cargo que
ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 22/2019, de 1 de
julio (DOE n.º 126, 2 de julio de 2019), actuando en el ejercicio de la competencia atribuida
en los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con el Decreto del Presidente
41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las
Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de
atribución de competencias a la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, en materia
de vivienda.
Y de otra, Y de otra, Antonio Hidalgo García, Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 2/2019, de 8 de enero (DOE n.º 6,
de 10 de enero de 2019), en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 93.h) del
Decreto 65/2003, de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de
Extremadura, y previa aprobación del Convenio, por el Consejo de Gobierno de la Universidad, en su sesión de 14 de julio de 2022.
Las partes intervinientes, en el ejercicio de sus respectivas facultades, se reconocen mutuamente la competencia y capacidad jurídica necesaria para el otorgamiento del presente convenio y quedar obligadas en la representación en que efectivamente intervienen, y a tal efecto
EXPONEN
Primero. Que la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de lo previsto en el artículo 9, apartado 1.31, de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto
de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene competencia exclusiva en
materia de urbanismo y vivienda, así como con las relacionadas con las normas de calidad e
innovación tecnológica en la edificación y de conservación del patrimonio urbano tradicional