Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063934)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Fomento de Construcciones y Contratas Medio Ambiente, SA, servicio de RSU de la provincia de Badajoz".
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022

63314

No será aplicable este artículo a los supuestos de fallecimiento e incapacidad derivados de
cualquier relación laboral distinta a la existente entre el trabajador y la empresa.
Artículo 31º. Promoción del trabajador y aumento de jornada:
Cuando por necesidades del servicio hayan de cubrirse plazas vacantes definitivas o puestos
de nueva creación, sólo cuando no pueda hacerse por promoción interna será objeto de oferta
externa.
A tales efectos, en la promoción interna dentro del grupo profesional de operarios, tendrá
preferencia el trabajador o la trabajadora que cuente con mayor antigüedad de entre los que
soliciten el ascenso, siempre que cumplan los requisitos mínimos exigidos por la empresa.
La Empresa una vez decida cubrir el puesto, presentará las condiciones y requisitos para desempeñarlo a los Representantes de los Trabajadores, los cuales pueden disponer de pruebas,
titulación, conocimiento del puesto e historial profesional, siendo la valoración de éstos a
criterio de la empresa.
No obstante, lo anterior, se cubrirán libremente por la dirección de la empresa los puestos
que hayan de ser desempeñados por Titulados, tanto en el campo técnico como el administrativo, y en cualquier caso, los que impliquen especial confianza, función de mando a todos
los niveles, y directivos.
Todos los ascensos se considerarán hechos a prueba, confirmándose la designación en puestos de mando y confianza a los seis meses y a los dos meses en el resto.
No obstante, lo anterior, si por necesidades del servicio, hubiese que aumentar la jornada de
trabajo, los trabajadores que prestan sus servicios con Jornada Parcial, tendrán la prioridad
para que se les complete la totalidad de la misma antes de contratar a otro trabajador.
Artículo 32º. Complemento de IT.
En los casos de incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral,
se garantiza desde el cuarto día de la baja, y durante la primera baja del año, el 75% de las
retribuciones salariales mensuales mínimas ordinarias según convenio, como mejora del subsidio recibido, excluyendo de éstas los conceptos de carácter indemnizatorio.
En los casos de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional, se garantiza desde el primer día de la baja, y durante la primera baja del año, un
complemento del pago delegado de la prestación de incapacidad temporal, como máximo del
15% de las retribuciones salariales mensuales mínimas ordinarias contenidas en el presente
convenio, excluyendo de éstas los conceptos de carácter indemnizatorio.