Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063932)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico Regional de Regadíos de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLANEREX). Expte.: IA19/1489.
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022
63419
para la misma, y que pueda afectar de forma apreciable a los citados lugares, como es el
caso del presente Proyecto, deberá realizarse teniendo en cuenta el efecto del Proyecto
en combinación con otros planes o proyectos, tales como los de implantación de energía
fotovoltaicas, eólicas, minas o nuevas carreteras-autovías. Por un lado, habría que tener
en cuenta el impacto acumulado y sinérgico de todas las infraestructuras necesarias para
el funcionamiento del Proyecto, y, por otro, se debe considerar el impacto acumulado con
otros proyectos, tanto existentes como proyectados, prestando una especial atención a
los efectos acumulados y sinérgicos con proyectos que no están sujetos al procedimiento
de evaluación de impacto ambiental, por no alcanzar determinados umbrales.
En lo que respecta al órgano ambiental, conocedor del volumen de proyectos de este tipo
que han sido ejecutados, están autorizados o en trámite, debe analizarlos con precisión y
evaluar el impacto acumulado de los mismos sobre la ZEPA, teniendo en cuenta que cualquier nueva plantación deberá estar sujeta a la autorización expresa del órgano gestor de
la ZEPA y a su vez condicionada por lo recogido en los planes de gestión de los espacios
Red Natura 2000. Asimismo, deberá atenderse a la clasificación de los diferentes sectores
de cada ZEPA de acuerdo con su vocación ecológica, a la hora de valorar los impactos de
la transformación a regadío de cultivos de leñosos en secano, transformar otras formas de
cultivo (de forma extensiva o intensiva) o implantar nuevos cultivos de cualquier índole.
Sin embargo, este análisis del efecto acumulativo con otros proyectos no ha sido llevado a cabo, lo que constituye una debilidad importante del proyecto y de la evaluación
ambiental de sus efectos.
En relación con los espacios de la Red Natura 2000 y espacios IBA (Important Bird
Areas), la transformación al regadío propuesta afectará negativamente a otros valores
naturales, como se resume a continuación.
Existen afecciones a Bosques de galería de Salix alba y Populus alba, de Alnus glutinosa
según zonas, se interceptarán puntualmente rodales de vegetación de ribera, áreas de
media montaña, así como matorrales termomediterráneos y pre-estépicos (hábitat de
interés comunitario 5330) y rodales de flora protegido.
Junto a la avifauna ya protegida, el área de actuación del Proyecto alberga otros grupos faunísticos de gran relevancia, destacando especialmente la fauna dependiente
del agua. De acuerdo con lo recogido en el EIA, los cauces fluviales de albergan una
comunidad típica de los pequeños arroyos de la zona, con especies como el Calandino
(Rutilus alburnoides), la Pardilla (Rutilus lemingii), el Sapillo pintojo ibérico (Discoglossus galganoi), el Galápago europeo (Emys orbicularis), el Galápago leproso (Mauremys
leprosa) y la Nutria (Lutra lutra).
Martes 20 de diciembre de 2022
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para la misma, y que pueda afectar de forma apreciable a los citados lugares, como es el
caso del presente Proyecto, deberá realizarse teniendo en cuenta el efecto del Proyecto
en combinación con otros planes o proyectos, tales como los de implantación de energía
fotovoltaicas, eólicas, minas o nuevas carreteras-autovías. Por un lado, habría que tener
en cuenta el impacto acumulado y sinérgico de todas las infraestructuras necesarias para
el funcionamiento del Proyecto, y, por otro, se debe considerar el impacto acumulado con
otros proyectos, tanto existentes como proyectados, prestando una especial atención a
los efectos acumulados y sinérgicos con proyectos que no están sujetos al procedimiento
de evaluación de impacto ambiental, por no alcanzar determinados umbrales.
En lo que respecta al órgano ambiental, conocedor del volumen de proyectos de este tipo
que han sido ejecutados, están autorizados o en trámite, debe analizarlos con precisión y
evaluar el impacto acumulado de los mismos sobre la ZEPA, teniendo en cuenta que cualquier nueva plantación deberá estar sujeta a la autorización expresa del órgano gestor de
la ZEPA y a su vez condicionada por lo recogido en los planes de gestión de los espacios
Red Natura 2000. Asimismo, deberá atenderse a la clasificación de los diferentes sectores
de cada ZEPA de acuerdo con su vocación ecológica, a la hora de valorar los impactos de
la transformación a regadío de cultivos de leñosos en secano, transformar otras formas de
cultivo (de forma extensiva o intensiva) o implantar nuevos cultivos de cualquier índole.
Sin embargo, este análisis del efecto acumulativo con otros proyectos no ha sido llevado a cabo, lo que constituye una debilidad importante del proyecto y de la evaluación
ambiental de sus efectos.
En relación con los espacios de la Red Natura 2000 y espacios IBA (Important Bird
Areas), la transformación al regadío propuesta afectará negativamente a otros valores
naturales, como se resume a continuación.
Existen afecciones a Bosques de galería de Salix alba y Populus alba, de Alnus glutinosa
según zonas, se interceptarán puntualmente rodales de vegetación de ribera, áreas de
media montaña, así como matorrales termomediterráneos y pre-estépicos (hábitat de
interés comunitario 5330) y rodales de flora protegido.
Junto a la avifauna ya protegida, el área de actuación del Proyecto alberga otros grupos faunísticos de gran relevancia, destacando especialmente la fauna dependiente
del agua. De acuerdo con lo recogido en el EIA, los cauces fluviales de albergan una
comunidad típica de los pequeños arroyos de la zona, con especies como el Calandino
(Rutilus alburnoides), la Pardilla (Rutilus lemingii), el Sapillo pintojo ibérico (Discoglossus galganoi), el Galápago europeo (Emys orbicularis), el Galápago leproso (Mauremys
leprosa) y la Nutria (Lutra lutra).