Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063932)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico Regional de Regadíos de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLANEREX). Expte.: IA19/1489.
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022
63413
circulantes en los cursos de agua, especialmente en los meses de verano y otoño, lo
que indudablemente debería reducir los recursos disponibles para los usos, y por ende
reducir y reestructurar las demandas. De cualquier manera, SEO/BirdLife estima que
no es posible aprobar el presente plan sin previamente existir el necesario equilibrio
entras las políticas del desarrollo regional sectorial con la protección y conservación
ambiental del recurso hídrico, y esto último no es posible sin cuantificar previamente
sus necesidades hídricas, obligación que recae, según Sentencia del Tribunal, sobre la
administración autonómica de Extremadura.
Sobre la falta de indicadores adecuados para el seguimiento ambiental del Plan.
A juicio de SEO/BirdLife, resulta inaceptable que entre los indicadores propuestos para
el plan no se contemple específicamente el volumen de agua ahorrada en las actuaciones de modernización. Igualmente, no debe bastar con un indicador de volumen
total almacenado en nuevas infraestructuras para nuevos regadíos, sino que debería
referenciarse al menos por cuenca. Asimismo, debería establecerse un indicador para
la superficie transformada o modernizada en espacios de Natura 2000.
Sobre la inadecuada atención al cambio climático.
El documento apunta que este plan de regadío favorecerá la mitigación de la emisión
de gases de efecto invernadero (GEI), mejorará el efecto sumidero de CO2 y facilitará
la adaptación del sector agrícola al cambio climático. Y entiende que la modernización
y creación de nuevos regadíos responde a la necesidad de adaptar los cultivos agrícolas a las nuevas exigencias climáticas, aportando resiliencia. Sin embargo, esto es
una valoración genérica sin justificación técnica, ya que ambas circunstancias, tanto la
modernización como la creación de nuevos cultivos puede provocar el efecto contrario,
reduciendo la capacidad de adaptación de los sistemas de cultivo y de los agricultores.
Las nuevas superficies de regadío no contribuyen a frenar la erosión y en algunos casos
pueden incluso favorecerla. El plan no establece un análisis riguroso de las emisiones
en ciclo completo, comparando el punto de partida con la realidad que proyecta, especialmente en relación a los nuevos regadíos planteados. Tampoco parece muy acertado
considerar el plan como favorable para facilitar la adaptación al cambio climático a la
vez de incrementar las demandas. Finalmente, dada la importancia que se prevé de
los impactos del cambio climático, en especial en relación a la agricultura, no parece
muy adecuado vaciar de compromiso el presente plan a cuestiones que pueden quedar
ambiguas o incluso voluntarias, como se fomentará, se evitará, o se promoverá.
Sobre la falta de alternativas.
Martes 20 de diciembre de 2022
63413
circulantes en los cursos de agua, especialmente en los meses de verano y otoño, lo
que indudablemente debería reducir los recursos disponibles para los usos, y por ende
reducir y reestructurar las demandas. De cualquier manera, SEO/BirdLife estima que
no es posible aprobar el presente plan sin previamente existir el necesario equilibrio
entras las políticas del desarrollo regional sectorial con la protección y conservación
ambiental del recurso hídrico, y esto último no es posible sin cuantificar previamente
sus necesidades hídricas, obligación que recae, según Sentencia del Tribunal, sobre la
administración autonómica de Extremadura.
Sobre la falta de indicadores adecuados para el seguimiento ambiental del Plan.
A juicio de SEO/BirdLife, resulta inaceptable que entre los indicadores propuestos para
el plan no se contemple específicamente el volumen de agua ahorrada en las actuaciones de modernización. Igualmente, no debe bastar con un indicador de volumen
total almacenado en nuevas infraestructuras para nuevos regadíos, sino que debería
referenciarse al menos por cuenca. Asimismo, debería establecerse un indicador para
la superficie transformada o modernizada en espacios de Natura 2000.
Sobre la inadecuada atención al cambio climático.
El documento apunta que este plan de regadío favorecerá la mitigación de la emisión
de gases de efecto invernadero (GEI), mejorará el efecto sumidero de CO2 y facilitará
la adaptación del sector agrícola al cambio climático. Y entiende que la modernización
y creación de nuevos regadíos responde a la necesidad de adaptar los cultivos agrícolas a las nuevas exigencias climáticas, aportando resiliencia. Sin embargo, esto es
una valoración genérica sin justificación técnica, ya que ambas circunstancias, tanto la
modernización como la creación de nuevos cultivos puede provocar el efecto contrario,
reduciendo la capacidad de adaptación de los sistemas de cultivo y de los agricultores.
Las nuevas superficies de regadío no contribuyen a frenar la erosión y en algunos casos
pueden incluso favorecerla. El plan no establece un análisis riguroso de las emisiones
en ciclo completo, comparando el punto de partida con la realidad que proyecta, especialmente en relación a los nuevos regadíos planteados. Tampoco parece muy acertado
considerar el plan como favorable para facilitar la adaptación al cambio climático a la
vez de incrementar las demandas. Finalmente, dada la importancia que se prevé de
los impactos del cambio climático, en especial en relación a la agricultura, no parece
muy adecuado vaciar de compromiso el presente plan a cuestiones que pueden quedar
ambiguas o incluso voluntarias, como se fomentará, se evitará, o se promoverá.
Sobre la falta de alternativas.