Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0091)
Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal "simplificado" de Carmonita (PG).
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022

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Artículo 3.5.1.9. Áreas de reparto en suelo urbanizable.
No es necesario delimitar las áreas de reparto del suelo urbanizable por ser coincidente con
los sectores delimitados.
El Plan General Municipal en cada sector que constituye un área de reparto, distingue la superficie dotacional existente adscrita a su uso y que no se modifica, a esta superficie no se
le otorga derecho a aprovechamiento, tampoco se las considera para establecer las reservas
dotacionales, distinguiéndolas así de la superficie bruta del sector con derecho a aprovechamiento.
Artículo 3.5.1.10. Organización temporal, secuencia y orden básico para la programación de la gestión, en suelo urbanizable.
El PGM, no establece fechas o periodos para la programación de las unidades de actuación en
s. urbanizable, para la programación de la gestión y ejecución de los distintos sectores será
preciso que esté físicamente en contacto con el núcleo urbano, no pudiendo ser programado
un sector aislado o débilmente conectado con el núcleo. Por ser determinante la red de saneamiento, se establece una secuencia de orden de ejecución en función de la ejecución del
saneamiento, de forma que no se podrá programar un sector que precise la ejecución de tramos de saneamiento fuera de su ámbito espacial, o deberá correr con el costo de urbanización
hasta la conexión del saneamiento y las demás redes fuera de su ámbito hasta la red general.
Todas las redes de infraestructura de un área de reparto deberán ser calculada para el total
de las demandas de la misma, de manera que el dimensionado de los distintos elementos del
proyecto de urbanización de un sector será como mínimo suficiente para las necesidades del
sector o unidad de actuación y para los que deban acometer conexionar a él de los demás
sectores del área de reparto.
Artículo 3.5.1.11. Bases orientativas para el desarrollo y la ejecución.
El PGM, en el sentido del apartado 4 del Artículo 10 de la LSOTEX establece bases orientativas
generales para poder acometer la gestión y ejecución de los diferentes sectores y unidades
tanto en suelo urbano como urbanizable que son las siguientes:
Las calidades de los materiales a emplear en las urbanizaciones y mobiliario urbano serán
las prescritas en las ordenanzas municipales para los proyectos de urbanización y en ausencia de estas, las habituales en las obras de urbanización municipales. Las características y
dimensionado de la redes e infraestructuras son las indicadas en estas UN en los artículos
correspondientes a infraestructuras.