Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0091)
Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal "simplificado" de Carmonita (PG).
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022
63162
reforma interior de las edificaciones comprendidas en sus límites territoriales, no pudiéndose
autorizar obras de ampliación, sustitución o nueva construcción.
Los Planes Especiales de Ordenación se referirán entre otros a los aspectos definidos en al
Artículo 75 a 84 del RP.
Los Planes Especiales de Reforma Interior tendrán los objetivos y determinaciones indicadas
en los Artículo 63 a 74 del RP.
Subcapítulo 3.4.2. Ejecución del planeamiento
Artículo 3.4.2.1. Proyectos de Parcelación.
Los proyectos de parcelación tienen por finalidad la división o subdivisión, simultanea o sucesiva, de terrenos en dos o más lotes o parcelas.
Los proyectos de parcelación incluirán la siguiente documentación mínima:
— Memoria descriptiva de la parcelación existente y de la propuesta, con expresión detallada de los linderos, superficies, titularidad, cargas y servidumbres existentes o que
hubieran de constituirse.
— Planos de situación, catastral, estado actual indicando la edificación e infraestructuras
existentes.
— Planos de la parcelación propuesta, con indicación de los linderos, superficies resultantes y características de la parcelación.
Artículo 3.4.2.2. Proyectos de Urbanización.
1. Una vez cumplimentadas las actuaciones descritas en la sección anterior, los propietarios
presentarán Proyecto de Urbanización del polígono o unidad de ejecución, el cual seguirá
la tramitación legal que le es propia. La finalidad del PU será la de materializar las determinaciones del PGM, mediante la construcción de los elementos que en ellas estén previstos
para desarrollar las actuaciones. También podrán ser promovidos para la adecuación o
mejora del espacio público sin otro requisito que la decisión municipal, siempre que no se
modifiquen las disposiciones del PGM, para el suelo urbano (alineaciones, usos, etc). En
ningún caso un proyecto de urbanización podrá contener determinaciones que afecten al
régimen del suelo o de la edificación.
2. L
os PU, tanto si son redactados por los particulares como por la Corporación u otros organismos públicos, deberán atenerse a las especificaciones técnicas que constan en este epí-
Martes 20 de diciembre de 2022
63162
reforma interior de las edificaciones comprendidas en sus límites territoriales, no pudiéndose
autorizar obras de ampliación, sustitución o nueva construcción.
Los Planes Especiales de Ordenación se referirán entre otros a los aspectos definidos en al
Artículo 75 a 84 del RP.
Los Planes Especiales de Reforma Interior tendrán los objetivos y determinaciones indicadas
en los Artículo 63 a 74 del RP.
Subcapítulo 3.4.2. Ejecución del planeamiento
Artículo 3.4.2.1. Proyectos de Parcelación.
Los proyectos de parcelación tienen por finalidad la división o subdivisión, simultanea o sucesiva, de terrenos en dos o más lotes o parcelas.
Los proyectos de parcelación incluirán la siguiente documentación mínima:
— Memoria descriptiva de la parcelación existente y de la propuesta, con expresión detallada de los linderos, superficies, titularidad, cargas y servidumbres existentes o que
hubieran de constituirse.
— Planos de situación, catastral, estado actual indicando la edificación e infraestructuras
existentes.
— Planos de la parcelación propuesta, con indicación de los linderos, superficies resultantes y características de la parcelación.
Artículo 3.4.2.2. Proyectos de Urbanización.
1. Una vez cumplimentadas las actuaciones descritas en la sección anterior, los propietarios
presentarán Proyecto de Urbanización del polígono o unidad de ejecución, el cual seguirá
la tramitación legal que le es propia. La finalidad del PU será la de materializar las determinaciones del PGM, mediante la construcción de los elementos que en ellas estén previstos
para desarrollar las actuaciones. También podrán ser promovidos para la adecuación o
mejora del espacio público sin otro requisito que la decisión municipal, siempre que no se
modifiquen las disposiciones del PGM, para el suelo urbano (alineaciones, usos, etc). En
ningún caso un proyecto de urbanización podrá contener determinaciones que afecten al
régimen del suelo o de la edificación.
2. L
os PU, tanto si son redactados por los particulares como por la Corporación u otros organismos públicos, deberán atenerse a las especificaciones técnicas que constan en este epí-