Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. Personal Docente. (2022063883)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se procede al nombramiento de los miembros del Tribunal de Selección Único para la selección de los participantes en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
6 páginas totales
Página
NÚMERO 241
Lunes 19 de diciembre de 2022

62559

Asimismo, de acuerdo con el mismo precepto, se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres, salvo que razones fundadas y objetivas lo impidan.
Con el fin de garantizar la objetividad e imparcialidad de los órganos de selección, la ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece en su artículo 23
las circunstancias por las que el personal al servicio de las Administraciones deberá abstenerse de intervenir en el procedimiento selectivo. Con el mismo fin establece en su artículo 24 la
posibilidad de recusación por parte de las personas interesadas.
Dando cumplimiento a lo dispuesto anteriormente, esta Dirección General de Personal Docente, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE:
Primero. Nombrar a las personas integrantes del Tribunal de Selección Único, relacionadas
en el Anexo I, cuyas funciones serán las señaladas en la base 5 de la citada Resolución de 14
de noviembre de 2022:
— Determinar los criterios de actuación de la comisión de valoración y homogeneizar los mismos.
— Ordenar a los aspirantes según la puntuación obtenida y elaborar las listas provisionales.
— Elevar al órgano convocante la lista de seleccionados.
— Levantar acta de las actuaciones realizadas.
— Confeccionar el expediente de su actuación.
Segundo. Designar a las personas integrantes del Tribunal de Selección Suplente, relacionadas igualmente en el anexo I de la presente resolución.
Tercero. Solicitud de dispensa y/o abstención.
Dado el carácter obligatorio que tiene la participación en los órganos de selección, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.3 y 8.4 del Real Decreto 276/2007, se establece un
período para las solicitudes de dispensas y/o abstenciones del personal docente relacionado
en el primer punto.
1. Solicitud de dispensa.
Se tendrán en cuenta para obtener la dispensa de participación como integrante de órganos de selección las situaciones expresamente contempladas en la normativa vigente, así
como aquellas otras que puedan incidir en el correcto funcionamiento de los tribunales.