Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Equino. Subvenciones. (2022063816)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones a la mejora de infraestructuras del sector equino en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 241
Lunes 19 de diciembre de 2022

62812

el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de Registro
Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El modelo de solicitud estará disponible
en la página web de la Junta de Extremadura http://www.juntaex.es .
2. E
 l plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente al
de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente resolución de convocatoria y del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones. Asimismo, se publica en el Portal de Subvenciones autonómico
y en el Portal de la Transparencia de la Junta de Extremadura.
3. L
 a Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio consultará o recabará
los certificados o información necesaria para la acreditación del cumplimiento de los requisitos, salvo que conste la oposición expresa o la falta de autorización (según los casos) del
solicitante marcando la casilla correspondiente del anexo I de la solicitud.
4. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
4.1. E
 n el caso de Municipios y Entidades Locales Menores que posean Escuelas Municipales de Equitación:


a. N
 IF de la entidad. Será consultado de oficio por el gestor salvo que la entidad local solicitante se oponga expresamente, marcando la casilla correspondiente del anexo I. En
este caso, deberá aportarse copia del referido documento identificativo de la solicitud.



b. E
 l documento que acredite a la persona física firmante como representante legal de
la entidad será consultado de oficio si consta en los archivos de cualquier Administración debiendo indicar en qué momento y ante que órgano administrativo se presentaron los documentos. Sin embargo deberán ser aportados si excepcionalmente
no pudieran ser recabados o en caso de modificación de la representación.



c. Declaración responsable de la persona que ejerza como representante legal de no
encontrarse incurso/a en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
o beneficiaria de la subvención, a tenor del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Ésta se formalizará simplemente a través de la presentación del anexo I.



d. D
 eclaración responsable de la persona que ejerza como representante legal acerca
de fondos propios, otras subvenciones solicitadas o por solicitar a cualquier otro
organismo, tanto público como privado, para la realización total o parcial de la actividad para la que se solicita la subvención, especificando su importe. Ésta podrá
formalizarse rellenando el apartado correspondiente del anexo I.