Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Equino. Subvenciones. (2022063816)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones a la mejora de infraestructuras del sector equino en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 241
Lunes 19 de diciembre de 2022
62825
1. F
acturas, firmadas y selladas por la empresa emisora, acompañadas de los documentos o justificantes de pago emitidos por la entidad bancaria.
2. R
esumen de las actividades realizadas y su coste, con el desglose de cada uno de los
gastos, debidamente ordenados y numerados, incluyendo los datos de las facturas
presentadas.
4. D
e acuerdo con el artículo 36.2 de la Ley 6/2011, se considerará gasto realizado el que ha
sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
5. E
l pago de la ayuda se realizará previa comprobación y certificación por el Servicio de Producción Agraria de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la correcta ejecución
y justificación de las inversiones objeto de ayuda. La forma de pago se realizará mediante
transferencia bancaria.
6. L
a entidad o persona beneficiaria podrá acogerse a la anticipación de pago, si así lo requiriese. En el caso de presentar solicitud de pago anticipado conforme a lo establecido
en esta resolución de convocatoria, será necesario presentar una garantía constituida mediante seguro de caución prestado por entidad aseguradora o mediante aval solidario de la
entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca. Esta garantía se deberá presentar en
el primer pago anticipado.
La garantía deberá cubrir el 120 % del importe anticipado y será liberada una vez comprobada la realización de la actividad o proyecto para el que se concedió la subvención.
El importe total de la ayuda concedida se podrá abonar en un pago anticipado y un pago
final, o un solo pago final, conforme a lo siguiente:
a. Una vez notificada la resolución de concesión, se realizará un primer pago anticipado del
50% del importe total de la ayuda otorgada.
b. U
na vez presentada la justificación del 50 % del total de la inversión subvencionable, se
realizará un pago final del 50 % del importe total de la ayuda, o el 100 % si es un único
pago final.
Los pagos anticipados de la subvención, o en su caso, el pago final, se realizarán previa
solicitud de pago conforme al modelo de solicitud de pago del anexo III, en la cuenta bancaria indicada, que deberá estar dada de alta en el subsistema de terceros de la Junta de
Extremadura. En caso de no estar dado de alta en el subsistema de terceros, la entidad o
persona beneficiaria deberá aportar el correspondiente modelo de alta de terceros.
Lunes 19 de diciembre de 2022
62825
1. F
acturas, firmadas y selladas por la empresa emisora, acompañadas de los documentos o justificantes de pago emitidos por la entidad bancaria.
2. R
esumen de las actividades realizadas y su coste, con el desglose de cada uno de los
gastos, debidamente ordenados y numerados, incluyendo los datos de las facturas
presentadas.
4. D
e acuerdo con el artículo 36.2 de la Ley 6/2011, se considerará gasto realizado el que ha
sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
5. E
l pago de la ayuda se realizará previa comprobación y certificación por el Servicio de Producción Agraria de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la correcta ejecución
y justificación de las inversiones objeto de ayuda. La forma de pago se realizará mediante
transferencia bancaria.
6. L
a entidad o persona beneficiaria podrá acogerse a la anticipación de pago, si así lo requiriese. En el caso de presentar solicitud de pago anticipado conforme a lo establecido
en esta resolución de convocatoria, será necesario presentar una garantía constituida mediante seguro de caución prestado por entidad aseguradora o mediante aval solidario de la
entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca. Esta garantía se deberá presentar en
el primer pago anticipado.
La garantía deberá cubrir el 120 % del importe anticipado y será liberada una vez comprobada la realización de la actividad o proyecto para el que se concedió la subvención.
El importe total de la ayuda concedida se podrá abonar en un pago anticipado y un pago
final, o un solo pago final, conforme a lo siguiente:
a. Una vez notificada la resolución de concesión, se realizará un primer pago anticipado del
50% del importe total de la ayuda otorgada.
b. U
na vez presentada la justificación del 50 % del total de la inversión subvencionable, se
realizará un pago final del 50 % del importe total de la ayuda, o el 100 % si es un único
pago final.
Los pagos anticipados de la subvención, o en su caso, el pago final, se realizarán previa
solicitud de pago conforme al modelo de solicitud de pago del anexo III, en la cuenta bancaria indicada, que deberá estar dada de alta en el subsistema de terceros de la Junta de
Extremadura. En caso de no estar dado de alta en el subsistema de terceros, la entidad o
persona beneficiaria deberá aportar el correspondiente modelo de alta de terceros.