Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Equino. Subvenciones. (2022063816)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones a la mejora de infraestructuras del sector equino en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 241
Lunes 19 de diciembre de 2022
• Perfiles en redes sociales: 1 punto.
• Otros: 1 punto.
62822
— Justificación del objeto de inversión:
• Número de objetivos a alcanzar con la inversión.
–M
ás de 3 objetivos: 2 puntos.
–D
e 2 a 3 objetivos: 1 punto.
–M
enos de 2 objetivos: 0 puntos.
• Repercusión de la inversión: hasta 8 puntos.
–A
mpliación de servicios: 2 puntos.
–M
ejora del bienestar animal: 2 puntos.
–F
omento del caballo en sus vertientes turística, social, económica o deportiva:
4 puntos.
3. A
quellas personas solicitantes que no obtengan una puntuación mínima de 16 puntos no
podrán beneficiarse de estas subvenciones.
4. L
as solicitudes serán ordenadas conforme a los criterios señalados. Los empates que puedan producirse se resolverán en favor de la solicitud que haya obtenido una mayor valoración en el criterio b (Memoria técnica). En caso de persistir el empate en las personas
físicas y jurídicas, el orden de prioridad se determinará de la siguiente manera:
1º. E
xplotación en la que se soliciten las mejoras que se halle en régimen de titularidad
compartida e inscrita en dicho registro tal y como marca el Decreto 106/2016, de 19 de
julio, por el que se crea y regula el Registro de Titularidad Compartida de explotaciones
agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2º. P
resencia de mujeres en los órganos directivos de las personas físicas o jurídicas beneficiarias que lo obtuvieran.
Octavo. Ordenación, instrucción y resolución.
1. E
l procedimiento administrativo para la concesión de las subvenciones previstas en el Decreto 140/2018, de 28 de agosto, será ordenado e instruido por el Servicio de Producción
Lunes 19 de diciembre de 2022
• Perfiles en redes sociales: 1 punto.
• Otros: 1 punto.
62822
— Justificación del objeto de inversión:
• Número de objetivos a alcanzar con la inversión.
–M
ás de 3 objetivos: 2 puntos.
–D
e 2 a 3 objetivos: 1 punto.
–M
enos de 2 objetivos: 0 puntos.
• Repercusión de la inversión: hasta 8 puntos.
–A
mpliación de servicios: 2 puntos.
–M
ejora del bienestar animal: 2 puntos.
–F
omento del caballo en sus vertientes turística, social, económica o deportiva:
4 puntos.
3. A
quellas personas solicitantes que no obtengan una puntuación mínima de 16 puntos no
podrán beneficiarse de estas subvenciones.
4. L
as solicitudes serán ordenadas conforme a los criterios señalados. Los empates que puedan producirse se resolverán en favor de la solicitud que haya obtenido una mayor valoración en el criterio b (Memoria técnica). En caso de persistir el empate en las personas
físicas y jurídicas, el orden de prioridad se determinará de la siguiente manera:
1º. E
xplotación en la que se soliciten las mejoras que se halle en régimen de titularidad
compartida e inscrita en dicho registro tal y como marca el Decreto 106/2016, de 19 de
julio, por el que se crea y regula el Registro de Titularidad Compartida de explotaciones
agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2º. P
resencia de mujeres en los órganos directivos de las personas físicas o jurídicas beneficiarias que lo obtuvieran.
Octavo. Ordenación, instrucción y resolución.
1. E
l procedimiento administrativo para la concesión de las subvenciones previstas en el Decreto 140/2018, de 28 de agosto, será ordenado e instruido por el Servicio de Producción