Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022063894)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 240
Viernes 16 de diciembre de 2022

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e) C
 opias de las nóminas correspondientes al mes solicitado, debidamente firmadas y selladas por el Centro Especial de Empleo.
f) Copias de los justificantes bancarios del abono de las nóminas, por la entidad, al trabajador objeto de subvención. En el justificante deberán constar, según la modalidad de
abono, los siguientes datos: El titular de la cuenta, número de cuenta de origen y destino, importe, fecha de pago, beneficiario de la operación y concepto. No se admitirán,
en ningún caso, pagos en metálico.
g) Copias de los documentos de cotización a la Seguridad Social en el código de cuenta
cotización referido a los trabajadores objeto de subvención:


— Modelos de documentos de recibo de liquidación de cotizaciones (RLC) del mes objeto de solicitud, así como copias de sus correspondientes justificantes de pago.



— Modelos de documentos de relación nominal de trabajadores (RNT) del mes objeto
de solicitud.

h) E
 n los supuestos de suspensión de la relación laboral objeto de subvención, por alguna
de las causas reguladas en la legislación vigente, deberá aportar la documentación justificativa de dicha circunstancia.
i) En el caso de que durante el mes objeto de solicitud, se produjeran variaciones de situación o bajas definitivas en la relación contractual, informe original, expedido por la
Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de cada trabajador por el que
se solicita subvención. No será necesario aportar este documento en el caso de que el
trabajador autorice al órgano gestor a solicitarlos al organismo correspondiente, mediante la firma del anexo V del Programa II, “Datos de los trabajadores contratados en
el mes de la solicitud”, debidamente cumplimentado.
j) Relación de contratos concertados, prorrogados o extinguidos en el mes por el que se
solicita la subvención o variaciones de jornada producidas durante el mismo periodo,
según anexo IV del Programa II.
3. E
 n los casos de nueva contratación, será necesario aportar además de la relacionada en el
apartado anterior, la siguiente:
a) Copia de la comunicación del/los contrato/s al correspondiente Servicio Público de Empleo de los trabajadores por los que se solicita subvención, si la entidad se opone a la
consulta de oficio de la misma marcando la casilla correspondiente en el anexo I de
solicitud del Programa II.