Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022063863)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convoca la concesión de subvenciones destinadas a la prórroga de la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 240
Viernes 16 de diciembre de 2022

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a) Certificación del acuerdo del órgano competente de la aprobación del proyecto para el
que se solicita la subvención, así como de la disposición de financiación para costear la
parte no subvencionada.
b) Declaración de la entidad solicitante de que no ha percibido ninguna ayuda que pueda
concurrir con lo establecido en esta resolución, o en caso de su percepción especificación de las ayudas recibidas y su cuantía, conforme al modelo que figura como Anexo
II, que se acompaña a la presente resolución.
c) Certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano gestor de las
ayudas recabará de oficio los certificados o información a emitir por la Consejería competente en materia de hacienda de la Junta de Extremadura. No obstante, la entidad
podrá oponerse a que el Servicio Extremeño Público de Empleo consulte de oficio dichos
documentos, marcando la casilla correspondiente en el Anexo I “Solicitud de Subvención”; en este caso, la entidad deberá aportar dichos documentos.
En cuanto a la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y la Seguridad Social, se efectuará mediante declaración responsable suscrita por el
representante de la entidad local que se presentará junto con la solicitud de subvención.
d) Informe suscrito por el/la representante de la Corporación Local o entidad dependiente
o vinculada sobre las actividades desarrolladas por cada Agente de Empleo y Desarrollo
Local, en el que consten, los objetivos alcanzados, debidamente cuantificados, en relación con la Memoria-Proyecto del plan de acción para el empleo que sirvió de base para
la concesión de la subvención, y que deberá tener el contenido mínimo establecido en
el artículo 16.2.a) del Decreto 251/2008, de 12 de diciembre.
e) D
 ocumentos de cotización correspondiente a las relaciones nominales de trabajadores
y recibos de liquidación de cotizaciones (modelo RNT y RLC) y nóminas abonadas a los/
as Agentes que se hayan contratado que justifiquen el gasto del periodo anual subvencionado.
f) Documentación justificativa de la realización de los pagos efectivos desde la entidad
beneficiaria de la subvención a los Agentes de Empleo y Desarrollo Local.