Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063769)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Diputación de Badajoz y la Academia de Seguridad Pública de Extremadura por el que se regulan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de acciones formativas organizadas por la Diputación de Badajoz.
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Viernes 16 de diciembre de 2022

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ
Y LA ACADEMIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE EXTREMADURA POR EL
QUE SE REGULAN LOS REQUISITOS Y EL PROCEDIMIENTO PARA EL
RECONOCIMIENTO DE ACCIONES FORMATIVAS ORGANIZADAS POR LA
DIPUTACIÓN DE BADAJOZ.
Badajoz, 23 de noviembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, Don Miguel Ángel Gallardo Miranda, como Presidente de la Diputación Provincial
de Badajoz, cargo por el que fue nombrado por Acuerdo del Pleno de la Corporación en la
sesión constitutiva celebrada con fecha 29 de junio de 2019, que ostenta a su vez, respecto
de sus entidades adscritas y en virtud de sus correspondientes estatutos, la Presidencia del
Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Excma. Diputación de Badajoz,
PROMEDIO, del Consorcio para la Prestación del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz (CPEI), del Consejo Rector del Organismo Autónomo Provincial
de Recaudación y Gestión Tributaria (OAR) y del Organismo Autónomo Patronato Provincial de
la Escuela de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz.
Y de otra, María Curiel Muñoz, Secretaria General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio, nombrada por Decreto 71/2019 de 16 de julio (DOE n.º 137 de
17 de julio de 2019), que interviene en nombre y representación de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural , Población y Territorio, actuando en el ejercicio de las competencias
que tiene atribuidas por Resolución de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población
y Territorio de 6 de agosto de 2019, por la que se delegan determinadas competencias, así
como la firma de resoluciones y actos en los órganos administrativos de la Consejería (DOE
núm. 154, de 9 de agosto ),y en virtud de lo dispuesto en el artículo 53.3 de la Ley 1/2002 de
28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el cual establece que “la firma de convenios corresponde al Consejero competente por
razón de la materia que constituya su objeto,..”.
Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria y legitimidad para convenir, a cuyo
efecto,
EXPONEN
1. L
 a competencia de la Diputación de Badajoz respecto de la formación de los empleados/
as públicos de la Administración local viene regulada en el artículo 36 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en virtud del cual la Diputación:
“Garantiza el desempeño de las funciones públicas necesarias en los Ayuntamientos y
les presta apoyo en la selección y formación de su personal sin perjuicio de la actividad