Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063906)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina, promovida por María Esperanza y Cecilia Calderón Villalba, en el término municipal de Monesterio (Badajoz).
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Viernes 16 de diciembre de 2022

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CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
la explotación porcina, promovida por María Esperanza y Cecilia Calderón
Villalba, en el término municipal de Monesterio (Badajoz). (2022063906)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 5 de noviembre de 2019 tiene entrada en el Registro Único de la Junta
de Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la instalación de
explotación porcina de cebo en régimen mixto en el término municipal de Monesterio (Badajoz) y promovida por María Esperanza y Cecilia Calderón Villalba con domicilio social en c/
Gallegos, 9, CP 10003, de Cáceres.
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una explotación porcina de cebo en régimen mixto con capacidad de 702 cerdos de cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 7, 8 y 9 del polígono 49 del término municipal de
Monesterio, con una superficie de 196 Has. Las instalaciones se ubicarán en la parcela 9. Las
características esenciales del proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 22 de noviembre de 2019, el Órgano Ambiental publica Anuncio en su
sede electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015 de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha
19 de noviembre de 2019, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de Monesterio,
a fin de que por parte de éste se promoviese la participación real y efectiva de las personas
interesadas, en todo caso, de los vecinos inmediatos, en el procedimiento de otorgamiento
de la autorización ambiental unificada. Del mismo modo, se le indicaba que disponía de un
plazo de 20 días desde la recepción del expediente, para remitir un Informe Técnico que se
pronuncie sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia
municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local. El Ayuntamiento remite informe técnico, de fecha