Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063763)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa entre la Universidad Alfonso X El Sabio y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas académicas externas.
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NÚMERO 239
Jueves 15 de diciembre de 2022

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La colaboración con la UAX del personal de la plantilla de los centros dependientes de la Consejería se realizará de acuerdo con las previsiones contenidas en la programación anual de
prácticas. Además, los titulados superiores, tendrán opción preferente, en el caso de que la
planificación docente anual lo permita, para la impartición de las clases teóricas y prácticas
del Plan de Estudios oficiales de Grado y Máster de la UAX.
En aquellas prácticas que requieran contacto con el paciente, con carácter previo al inicio del
acto asistencial el personal profesional responsable de la tutoría designado informará al paciente, o a su representante, sobre la presencia de estudiantes, solicitando su consentimiento
verbal para que presencien las actuaciones clínicas o sanitarias. Dicho consentimiento se
deberá reiterar en caso de realizar exploraciones físicas. El alumnado estará acompañado en
todo momento, no pudiendo acceder al paciente sin la presencia del personal del centro responsable de su formación o personal en quien se delegue. Igualmente, solo podrán acceder a
la historia clínica bajo la mencionada supervisión y siempre con arreglo a lo dispuesto en Ley
41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos
y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Cuarta. Obligaciones y derechos de las partes.
1. La Consejería, a través del centro de prácticas, tendrá las siguientes obligaciones:
a) Proporcionar a la UAX la información que le solicite en relación con la práctica o el resultado de ésta.
b) Informar a la UAX sobre el desempeño de la actividad desarrollada por el alumnado en
prácticas. Cumplir las condiciones contenidas en la normativa que resulte de aplicación,
el reglamento regulador de las prácticas académicas externas, en el convenio de cooperación educativa y en el anexo de prácticas.
c) Nombrar a una persona encargada de la tutoría de prácticas que se encargue de efectuar
el seguimiento y, en particular, de garantizar el proceso formativo del alumnado en la entidad, así como de comunicar cualquier incidencia sobre las prácticas al tutor/a académico.
d) Cumplir con las normas vigentes sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.
e) Garantizar la formación complementaria que precise el alumnado para realizar las prácticas, entre otras, las condiciones de seguridad e higiene y sobre las medidas de prevención a adoptar en las instalaciones donde se van a desarrollar las prácticas.
f) Facilitar al alumnado la asistencia a los exámenes, pruebas de evaluación y otras actividades obligatorias de las asignaturas en las que esté matriculado, así como a las reuniones de los órganos colegiados de gobierno de la Universidad a los que pertenezca.