Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063763)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa entre la Universidad Alfonso X El Sabio y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas académicas externas.
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NÚMERO 239
Jueves 15 de diciembre de 2022

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A tal efecto la Consejería permitirá a la UAX que los estudiantes de Grado y Máster de la UAX
realicen las prácticas externas, curriculares y extracurriculares, en centros dependientes de
aquélla, a cuyo solo efecto la primera autoriza a la segunda, que acepta, la utilización de las
instalaciones necesarias para las referidas prácticas.
En virtud del presente Convenio, en los términos que a continuación se establecen la Consejería adquiere la condición de “Entidad Colaboradora con la Universidad Alfonso X El Sabio”
durante la vigencia del mismo.
El personal de la Consejería desarrollará su colaboración con la UAX durante los periodos lectivos que se establezcan por el Rector/a para cada año académico, sin perjuicio de su trabajo
ordinario en la Consejería. La UAX expedirá certificación de su labor académica a los profesionales de la Consejería que colaboren en la realización de las prácticas a que se refiere el
presente Convenio.
Igualmente, los referidos profesionales de la Consejería por su sola colaboración en las prácticas con la UAX, tendrán la consideración de profesores de la UAX, de carácter honorario.
Ambas instituciones podrán aludir en sus folletos informativos, documentación, impresos,
página web, etc., a la otra parte como “Entidad Colaboradora” pudiendo utilizar asimismo su
denominación o signos distintivos.
Tercera. Condiciones generales de las prácticas. Proyecto formativo.
Con el fin de no entorpecer el normal desenvolvimiento de las tareas que se llevan a cabo en la
Consejería donde se establece su período de prácticas, la UAX acordará con la Dirección de los
centros de prácticas dependientes de la Consejería antes del comienzo de cada curso, una programación de las prácticas a realizar, especificando sus objetivos, contenidos, actividades concretas, calendario, contenido del informe final de la persona que tutorice las prácticas, relación
de los responsables de las mismas y formas de cooperación de los profesionales de la Consejería.
El proyecto formativo en que se concreta la realización de la práctica académica externa tendrá
los objetivos educativos básicos que se fijen en el Anexo correspondiente y las actividades fundamentales a desarrollar serán las que se fijen en dicho Anexo. En todo caso, los objetivos se
establecerán considerando las competencias básicas, genéricas y/o específicas que debe adquirir
el estudiante. Asimismo, los contenidos de la práctica se definirán de modo que tengan una relación directa con las competencias a adquirir con los estudios de Grado o Máster correspondientes.
Respecto a la duración y horarios de realización de las prácticas externas curriculares y extracurriculares se estará a lo establecido en el artículo 5 del citado Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.