Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063763)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa entre la Universidad Alfonso X El Sabio y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas académicas externas.
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NÚMERO 239
Jueves 15 de diciembre de 2022

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2. En los supuestos de resolución anticipada, la Comisión de Seguimiento prevista en este
convenio decidirá sobre la forma de terminar las actuaciones en curso.
3. L
 as partes podrán modificar el presente convenio de mutuo acuerdo en cualquier momento.
Tal modificación deberá realizarse por escrito y recogida en anexo al presente convenio.
Por circunstancias de salud pública u otras causas de fuerza mayor, que impidan realizar las
actividades de la forma prevista inicialmente, éstas podrían ser objeto de modificación para
adecuar el cronograma, la metodología o cualquier otro aspecto procedimental relativo a su
ejecución y que resulte más acorde con la nueva circunstancia sobrevenida, previo acuerdo
de la Comisión de Seguimiento.
Decimosegunda. Compromisos económicos.
Las actividades a desarrollar en este Convenio no implicarán compromiso económico ni financiero para las partes, y no dará lugar a contraprestación económica alguna, ni supondrá
incremento del gasto público.
Decimotercera. Régimen jurídico, naturaleza y jurisdicción.
El presente Convenio se fundamenta jurídicamente en el Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, por el que se regulan las prácticas académicas de los estudiantes universitarios, el Real
decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del estudiante universitario y el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
El convenio tiene naturaleza administrativa, estando excluido del ámbito de aplicación de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/
UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
6 del citado texto legal, sin perjuicio de la aplicación de los principios en él contenidos para
resolver las dudas o lagunas que pudieran producirse.
Respecto a la normativa reguladora, queda sujeto a lo establecido en el título VI de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Para todas las cuestiones derivadas de la interpretación, ejecución y cumplimiento de este
Convenio, las partes se comprometen a resolverlas de mutuo acuerdo, elevando la controversia objeto de debate ante la Comisión de Seguimiento. En caso de no encontrar una resolución
conjunta, y como consecuencia de su naturaleza administrativa, las cuestiones litigiosas que
pudieran surgir se resolverán en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, conforme
con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.