Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063763)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa entre la Universidad Alfonso X El Sabio y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas académicas externas.
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NÚMERO 239
Jueves 15 de diciembre de 2022

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d) Cuando la Consejería recurra a otro Encargado de Tratamiento para subcontratar determinadas tareas vinculadas al encargo de tratamiento, se impondrán a este otro “subencargado” las mismas obligaciones en materia de protección de datos personales que se
incluyen en la presente estipulación. Si el “subencargado” incumpliera estas obligaciones, el Encargado inicial responderá plenamente ante el Responsable de Tratamiento.
e) Teniendo cuenta la naturaleza del tratamiento, asistir al Responsable siempre que sea
posible, para que este pueda cumplir con su obligación de responder a las solicitudes
que tengan por objeto el ejercicio de los derechos de los interesados. Si el estudiante en
prácticas ejerciera tales derechos directamente ante el Encargado, este debe comunicarlo a la mayor brevedad posible mediante correo electrónico dirigido a: lopd@uax.es
f) Teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información a disposición del Encargado, ayudar al Responsable a colaborar en la notificación de las violaciones de datos
personales. En este sentido, el Encargado notificará a UAX las violaciones de seguridad
de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda
la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. Dicha
notificación la realizará sin dilación indebida y, en todo caso, antes del plazo de 36h horas
desde que fuera detectada, y a través de la dirección de correo electrónico: lopd@uax.es
g) Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo
sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
h) Teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información a disposición del Encargado, colaborar con el Responsable para que éste pueda llevar a cabo correctamente
las evaluaciones de impacto y consultas previas.
i) A elección del Responsable, suprimir o devolver todos los datos personales una vez finalice la prestación de los servicios de tratamiento, y suprimirá las copias existentes a
menos que se requiera la conservación de los datos personales en virtud del Derecho de
la Unión o de los Estados miembros.
j) Poner a disposición del Responsable toda la información necesaria para demostrar el
cumplimiento de las obligaciones establecidas en materia de protección de datos personales, así como para permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte del responsable o de otro auditor autorizado por dicho responsable.
k) Llevar por escrito un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta de UAX, que contenga: el nombre y los datos de contacto del Encargado
y del Responsable, las categorías de tratamientos efectuados por cuenta del Responsable,
las transferencias internacionales de datos, en su caso; y una descripción general de las
medidas técnicas y organizativas de seguridad apropiadas que esté aplicando.