Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063831)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de secadero de cereales y otras actividades, cuyo promotor es San Agustín de Obando, SCL, en el término municipal de Navalvillar de Pela. Expte.: IA22/0081.
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Miércoles 14 de diciembre de 2022

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• Con fecha 11 de mayo de 2022 el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que el proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio
incluido en Red Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de forma apreciable, directa
o indirectamente, a los mismos o a sus valores ambientales.
• Con fecha 2 de septiembre de 2022 se recibe informe de la Confederación Hidrográfica
del Guadiana en el que se indica que el cauce del arroyo Valdelapeña discurre a unos 200
metros al sureste de la zona de actuación planteada, por lo que no se prevé afección física
alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, ni a las zonas de servidumbre y policía. En cuanto a las infraestructuras gestionadas por este Organismo de cuenca, deberán
respetarse todas las infraestructuras de regadío, así como sus zonas expropiadas. Sobre
el consumo de agua indica que el consumo anual de agua derivado del uso de los aseos,
servicios y tomas de agua de la industria asciende a 106 m3. Se indica asimismo que dicho
volumen de agua procede de la red general del municipio. En cuanto a los vertidos al dominio público hidráulico, se indica que las aguas residuales producidas en la actuación serán
vertidas a la red de saneamiento municipal, por tanto, le corresponderá al Ayuntamiento de
Navalvillar de Pela emitir la autorización de vertido a la red municipal de saneamiento.
3. A
 nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la Subsección 1ª de la Sección 2ª del Capítulo VII del Título
I, según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. C
 aracterísticas del proyecto.
La actividad pretendida es un secadero de cereales y otras actividades.
La actividad a desarrollar consiste en el secado de cereales (maíz y arroz), adquisición, almacenamiento y distribución de inputs agrícolas (abonos, productos fitosanitarios), tienda
y poste de gasóleo A y B para sus socios.
La industria se localiza en el término municipal de Navalvillar de Pela Ctra. EX-116 km 0,5,
Referencia catastral: 4227112TJ8342N0001BZ con una superficie de 18.743 m².
La presencia de maquinaria tanto en la fase de ampliación como de funcionamiento del
proyecto de referencia será una posible fuente de generación de residuos y sustancias
potencialmente contaminantes, así como de molestias por ruidos.