Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063837)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de almazara y balsa de evaporación de aguas oleosas, cuyo promotor es Verdeolisur, SL, en el término municipal de Guadiana. Expte.: IA21/1861.
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NÚMERO 238
Miércoles 14 de diciembre de 2022



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• No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación vigente.



• Los movimientos de tierras, en caso de ser necesarios, serán los descritos en el proyecto. Se evitará realizar estos trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre
de sedimentos por escorrentía. Si fuera necesario se realizarán aportes de tierra vegetal extra en las áreas con peligro de erosión



• Se recuperará la tierra vegetal extraída en las operaciones de desbroce y despeje,
previamente a la cimentación y soterramiento de redes. Este material se extenderá
en zonas libres verdes y zonas perimetrales donde se realizarán plantaciones vegetales, además de emplearse en nivelaciones de terreno.



• Se adecuarán las instalaciones al entorno rural en que se ubican. En cualquiera de los
elementos constructivos se evitará la utilización de tonos brillantes, manteniendo, en
la medida de lo posible una estructura de edificación tradicional.



• Se habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas se
ubicarán fuera del Dominio Público Hidráulico.



• En caso de realización de captaciones de aguas públicas, deberán disponer de la correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadiana que garantice el abastecimiento.



• Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su
tipología, clasificación y compatibilidad.



• Los residuos de construcción y demolición (RCD) que eventualmente puedan generarse en la construcción de la instalación, se deberán separar adecuadamente y entregar
a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso
con lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula
la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y en el Decreto
20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.