Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Política Social. Subvenciones. (2022063499)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la incorporación social y laboral de jóvenes que pertenecen o han pertenecido al Sistema de Protección de Menores de la Junta de Extremadura para el año 2023.
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NÚMERO 238
Miércoles 14 de diciembre de 2022

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profesional en el desempeño del puesto de trabajo, la relación con los compañeros, el
nivel de cumplimiento de los horarios y normas existentes en la entidad y la implicación
en las posibles actividades formativas.
c) Justificar ante la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el
cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
d) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por la Dirección General de
Servicios Sociales, Infancia y Familias, así como a cualesquiera otras de comprobación y
control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio
de las actuaciones anteriores.
e) C
 omunicar a la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, la obtención
de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como la modificación de las circunstancias que hubieren fundamentado
la concesión de la subvención. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como
se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los
fondos percibidos.
f) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con carácter previo al pago que se halla al corriente en las obligaciones tributarias y frente a
la Seguridad Social.
g) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial
aplicable a la persona y/o entidad beneficiaria en cada caso, así como cuantos estados
contables y registros específicos sean exigidos por cada una de las disposiciones específicas aplicables a cada línea de subvención, con la finalidad de garantizar el adecuado
ejercicio de las facultades de comprobación y control.
h) C
 onservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
i) Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 3 del artículo 17 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Para ello, las personas y/o entidades beneficiarias deberán dar la adecuada publicidad al
carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones
de cualquier tipo que sean objeto de financiación, en los términos reglamentariamente
establecidos.