Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Desarrollo Rural. (2022050221)
Orden de 1 de diciembre de 2022 de selección de Estrategias de Desarrollo Local Participativo en el periodo 2023-2027.
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NÚMERO 238
Miércoles 14 de diciembre de 2022

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— El ámbito geográfico de actuación del GAL con la relación de municipios, superficie y
población cubierta.
— La normativa Europea, Nacional y Autonómica de aplicación.
Artículo 12. Financiación.
1. L
 as Estrategias DLP aprobadas se financiarán hasta el límite que se establezca en el Plan
Estratégico de la Política Agraria Común de España 2023-2027, y en los convenios que se
formalicen al efecto, con cargo a las siguientes fuentes:
a) Fondos comunitarios, a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader),
en las condiciones establecidas en los reglamentos y en los instrumentos de programación aprobados.
b) Administración General del Estado, en las condiciones que establezca la normativa
estatal.
c) Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a las aplicaciones presupuestarias
que se determinen en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
para la correspondiente anualidad del gasto.
2. L
 as aportaciones de fondos públicos regionales, nacionales y comunitarios, para cada programa comarcal aprobado hasta el límite que se establezca en el Plan Estratégico de la
Política Agraria Común de España 2023-2027, tendrán en cuenta las características del
territorio de actuación y del grupo de acción local, así como la calidad de la Estrategia DLP.
3. E
 l incumplimiento por parte de los Grupos de sus obligaciones, para con las Administraciones Públicas, los promotores y promotoras de proyectos y la población de la comarca, podrá dar lugar a reducciones de las aportaciones públicas para las anualidades pendientes, y
en casos de especial gravedad, a la avocación de la gestión de la Estrategia DLP comarcal
por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Disposición derogatoria única. Derogatoria normativa.
Se dejan sin efecto las siguientes disposiciones:
a) Decreto 26/2016, de 8 de marzo, por el que se regula la concesión directa de ayudas a
las organizaciones candidatas preseleccionadas para obtener la condición de Grupos de
Acción Local de Extremadura, para la preparación de sus estrategias de Desarrollo Local
Participativo.