Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063782)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Juan Manuel Criado, SL, en el término municipal de Mérida.
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Martes 13 de diciembre de 2022

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2021, informe relativo a la adecuación de la instalación a todos aquellos aspectos que son de
competencia municipal, en que concluye “...según los datos aportados se considera compatible urbanísticamente...”.
Sexto. La explotación porcina cuenta con resolución de la Dirección General de Sostenibilidad
por la que se formula informe favorable de Impacto Ambiental que se incluye integro en el
anexo III de la presente resolución.
Séptimo. Tal y como dispone el artículo 82.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Órgano Ambiental dirige
Oficio, en fecha 27 de octubre de 2022, al Ayuntamiento de Mérida (Badajoz), a Juan Manuel
Criado, SL, así como a las organizaciones no gubernamentales cuyo objeto sea la defensa de
la naturaleza y el desarrollo sostenible con objeto de proceder al trámite de audiencia a los
interesados, sin que se hayan pronunciado al respecto, otorgándoles el preceptivo trámite de
audiencia, por plazo de diez días.
Octavo. A los anteriores Antecedentes de Hecho, le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la Resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 31.3 del
Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Conforme a lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, “Se somete a autorización
ambiental unificada el montaje, explotación, traslado o modificación sustancial, de las instalaciones de titularidad pública o privada en las que se desarrolle alguna de las actividades que
se incluyen en el anexo II de la presente ley”.
La actividad cuya autorización se pretende, se encuentra incluida en el ámbito de aplicación
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En concreto, en la categoría 1.2. del anexo II, relativa a “Instalaciones ganaderas,
no incluidas en el Anexo I, destinadas a la cría de ganado porcino, incluyendo jabalíes, que
dispongan de más de 350 emplazamientos o animales autorizados para cerdos de cría y/o 50
emplazamientos o animales para cerdas reproductoras”.
La explotación se ubicará en las parcelas 2 y 7 del polígono 10, del término municipal de Mérida, con una superficie de unas 342 hectáreas. Las características esenciales del proyecto se
describen en la presente resolución.