Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063782)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Juan Manuel Criado, SL, en el término municipal de Mérida.
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NÚMERO 237
Martes 13 de diciembre de 2022

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RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
explotación porcina promovida por Juan Manuel Criado, SL, en el término
municipal de Mérida. (2022063782)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 6 de octubre de 2020 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la instalación de
una explotación porcina de cebo en régimen extensivo en el término municipal de Mérida,
promovida por Juan Manuel Criado, SL, con domicilio social en Campo del Pozo, CP 37500 de
Ciudad Rodrigo (Salamanca).
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una explotación porcina de cebo en régimen extensivo con capacidad de 1.550 cerdos cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 2 y 7 del polígono 10, del término municipal de Mérida, con una superficie de unas 342 hectáreas. Las características esenciales del proyecto se
describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 19 de febrero de 2021, el Órgano Ambiental publica anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015 de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tras la modificación introducida en la misma por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración
más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 12 de febrero de 2021.
Quinto. Con fechas 24 de mayo de 2021, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de
Mérida, en el que se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días desde la recepción del
expediente, para remitir un Informe Técnico que se pronunciara sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
El Servicio Técnico Municipal del Ayuntamiento de Mérida emite, en fecha 19 de agosto de