Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Sistema Sanitario Público De Extremadura. (2022063815)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se dispone la publicación del Plan de prevención, actuación y atención a profesionales del Sistema Sanitario Público de Extremadura frente a las agresiones.
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022



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–D
 espacho profesional en horas de apertura al público: la entrada al establecimiento
sanitario o a la consulta debe producirse en su horario de apertura al público. Fuera
de estos horarios se estaría a lo previsto en los apartados 1 y 2 del citado artículo 203
del Código Penal.

7.3. PRESENTACIÓN DE LA DENUNCIA.
La interposición de la denuncia se configura como el elemento decisivo para la erradicación
de los episodios violentos en el desempeño profesional de los/las profesionales sanitarios.
El objetivo de la misma es visibilizar una situación que se vive en las consultas, y que no
se debe normalizar por parte de los profesionales, sino que ha de ser denunciada a través
de los canales reglamentarios con el fin de poder atajarla.
Se debe procurar la interposición de la denuncia, siendo importante que el profesional
cuente con el debido asesoramiento y orientación jurídica a los efectos de afrontar un acto
para el que ningún sanitario recibe formación previa.
La presentación de denuncia, bien ante las FFCCSE, o bien ante el Juzgado de Guardia
que corresponda, dará el inicio a la instrucción de un procedimiento judicial encaminado a
esclarecer los hechos y si estos pueden enmarcarse dentro de alguno de los tipos previstos
en el Código Penal.
El contenido que deberá figurar en la denuncia que se interponga, deberá consistir en el
relato detallado de los hechos, la fecha y el lugar del mismo, haciendo constar con literalidad las expresiones amenazantes, vejatorias o injuriosas, describiendo la situación violenta que se ha sufrido, así como en su caso las lesiones, aportando el Parte de Lesiones
o la documentación que considere que apoye los hechos que se describen. De igual forma,
deberá identificarse a la persona agresora si se conoce o bien facilitar los datos de que
se disponga y que ayuden a su identificación. Asimismo, si los hubiere, se indicará en la
denuncia la identificación de testigos.
A la hora de interponer la correspondiente denuncia, es recomendable que el/la profesional
agredido/a no indique su dirección particular y en cambio consigne como domicilio a efectos de notificaciones, la dirección del Centro Sanitario al que pertenezca. En caso de estar
colegiado/a también puede optar por indicar la dirección de su Colegio Profesional.
El SSP prestará asesoramiento, orientación y asistencia jurídica a los/las profesionales
que así lo demanden. El Profesional Guía será la figura responsable de la implementación
adecuada de esta actuación coordinando las acciones necesarias entre profesionales y el
Órgano gestor sanitario.