Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063628)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Comarca de Olivenza", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
66 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022
60963
Decimoséptima. Naturaleza y régimen jurídico aplicable.
1. E
l presente convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe al amparo de lo establecido en Título Preliminar, Capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, siendo de aplicación al mismo, las restantes normas de Derecho
Administrativo, en materia de interpretación, modificación y resolución de las cuestiones
no contempladas en el convenio que se suscribe, así como a lo previsto en el capítulo II
del Título V de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Se regirá, igualmente, este convenio por la siguiente normativa relativa a los fondos europeos derivada del Mecanismo y todo aquella complementaria que la desarrolle:
— Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de
2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
— Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Estado español, aprobado por
Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, así como mediante la Decisión
de Ejecución del Consejo Europeo relativa a la aprobación de la evaluación por parte de
la Comisión Europea del PRTR en 2021.
— Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE n.º 341, de 31 de diciembre de 2020).
— Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE de 30 de septiembre).
— Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento
y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de
ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE de 30 de septiembre).
Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la Secretaría General de Fondos Europeos, por
la que se establecen instrucciones a fin de clarificar la condición de entidad ejecutora,
la designación de órganos responsables de medidas y órganos gestores de proyectos y
subproyectos, en el marco del sistema de gestión del PRTR.
— Real Decreto 1072/2021, de 7 de diciembre, por el que se regula el Fondo Financiero del
Estado para la Competitividad Turística en el marco del PRTR.
Lunes 12 de diciembre de 2022
60963
Decimoséptima. Naturaleza y régimen jurídico aplicable.
1. E
l presente convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe al amparo de lo establecido en Título Preliminar, Capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, siendo de aplicación al mismo, las restantes normas de Derecho
Administrativo, en materia de interpretación, modificación y resolución de las cuestiones
no contempladas en el convenio que se suscribe, así como a lo previsto en el capítulo II
del Título V de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Se regirá, igualmente, este convenio por la siguiente normativa relativa a los fondos europeos derivada del Mecanismo y todo aquella complementaria que la desarrolle:
— Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de
2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
— Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Estado español, aprobado por
Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, así como mediante la Decisión
de Ejecución del Consejo Europeo relativa a la aprobación de la evaluación por parte de
la Comisión Europea del PRTR en 2021.
— Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE n.º 341, de 31 de diciembre de 2020).
— Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE de 30 de septiembre).
— Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento
y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de
ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE de 30 de septiembre).
Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la Secretaría General de Fondos Europeos, por
la que se establecen instrucciones a fin de clarificar la condición de entidad ejecutora,
la designación de órganos responsables de medidas y órganos gestores de proyectos y
subproyectos, en el marco del sistema de gestión del PRTR.
— Real Decreto 1072/2021, de 7 de diciembre, por el que se regula el Fondo Financiero del
Estado para la Competitividad Turística en el marco del PRTR.