Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063628)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Comarca de Olivenza", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

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todo ello, con el objeto de medir el nivel de aprovechamiento de los recursos públicos y
analizar si los objetivos previstos se han alcanzado.
• Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, donde se recoja
una relación clasificada de los gastos, con indicación de los acreedores y documentos, su
importe, fechas de emisión y fecha de pago. Los gastos, ya sean de personal, de materiales o de gastos corrientes, deberán presentarse vinculados a una actuación concreta.
En el supuesto de que el gasto se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las
desviaciones acaecidas.
A
 mbas memorias, la justificativa y económica, deberán estar firmadas por la Secretaría/
Intervención de la entidad local con el Visto Bueno del representante legal de la misma.
• Una relación detallada de otros ingresos, recursos o subvenciones que hayan financiado
la actuación con indicación del importe y su procedencia. En caso de inexistencia de otros
ingresos, recursos o subvenciones, se hará constar tal circunstancia.
• Justificación documental de los gastos y sus correspondientes pagos, mediante facturas
y demás documentos con validez en el tráfico jurídico mercantil o eficacia administrativa,
de acuerdo con la legislación vigente. A tal efecto, se admitirán originales o copia auténtica en el momento de presentación de la documentación.
• La entidad local deberá conservar toda la documentación original, justificativa y de aplicación a los fondos europeos, en tanto puedan ser objeto de las actividades de comprobación y control.
• Acta de la Comisión de Seguimiento en la que se validarán las actuaciones realizadas y
la justificación presentada por la correspondiente entidad local.
• Se deberá presentar, asimismo, cualesquiera otros informes o documentos justificativos que,
de acuerdo con la normativa europea o nacional, resulten exigibles en el marco del PRTR.
La Dirección General de Turismo comprobará la documentación aportada y podrá recabar la
aportación adicional de otros documentos o datos aclaratorios que estime necesarios.
Lo anterior se entiende sin perjuicio de las funciones de control financiero y de fiscalización
de las aportaciones objeto del presente convenio que correspondan a otros órganos del Estado (Intervención General del Estado o Intervención Delegada correspondiente y el Tribunal
de Cuentas), por lo que en cualquier momento se podrá exigir la documentación justificativa
conforme a la Ley que justifiquen la inversión realizada.