Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063628)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Comarca de Olivenza", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 236

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Lunes 12 de diciembre de 2022

Cuadro ejecución actuaciones por períodos temporales
Fechas ejecución

Porcentajes de ejecución

31/12/2023

45%

30/06/2024

60%

31/12/2024

75%

30/04/2025

100%

TOTAL

100%

Podrán variarse los porcentajes de ejecución reflejados en el anterior cuadro, por acuerdo de
las partes, mediante solicitud motivada y justificada por la entidad local, una vez sea aprobado por la Comisión de Seguimiento (cláusula Undécima), siempre y cuando se mantengan
inalterables los compromisos de ese 75%, como mínimo, antes de finalizar el cuarto trimestre
de 2024 y el 100% de ejecución del PSTD antes del 30 de abril de 2025.
Para considerar finalizada una actuación es necesario que todos los elementos constitutivos
de la misma estén finalizados. A estos efectos se exigirá el acta de recepción del contrato o el
documento que se pueda determinar alternativamente en cumplimiento de las disposiciones
que establezca la Comisión Europea o el Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Cuarta. Costes objeto de financiación.
1. El total de los recursos debe aplicarse a todo lo necesario para cumplir con la ejecución
del PSTD aprobado a favor de la Diputación de Badajoz, siempre que las actuaciones estén
incluidas dentro del Plan Territorial de Extremadura.
No obstante, en el caso de que se necesitara añadir algún proyecto adicional para la consecución de los objetivos cuantitativos comprometidos, podrán proponerse proyectos alternativos o adicionales, que podrán ser financiables con cargo al crédito distribuido siempre
que sean elegibles y, estén en condiciones de cumplir con los hitos y objetivos del PRTR.
2. S
 e podrán contemplar como costes financiables aquellos otros relacionados con actuaciones preparatorias previas, que fueran necesarias para establecer la prestación de servicios,
suministro de bienes o la realización de las actividades correspondientes, o el coste de
asistencias técnicas externas cuando sean contratadas directamente, como consultores,
si están directamente relacionadas y son esenciales para el desarrollo de las actuaciones,