Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063627)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejeria de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura y la Comunidad de Regantes "Tierra de Barros" para la transformación en regadío en la zona regable de Tierra de Barros (Badajoz).
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

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Decimocuarta. Incidencias de la adjudicación y la ejecución de las obras en la cofinanciación del convenio.
Todas las variaciones pecuniarias que se produzcan durante la ejecución del convenio como
consecuencia de la baja de la empresa adjudicataria sobre el presupuesto de licitación, del
incremento del número de unidades de obra, de modificaciones del proyecto o de incidencias
en la liquidación, repercutirán únicamente en la aportación a cargo de la Junta de Extremadura, siempre que el presupuesto de ejecución de la contrata no exceda de 258.329.055,90
euros. En este caso, la aportación de la Comunidad de Regantes se mantendrá constante en
65.044.923,19 euros.
Si las variaciones mencionadas en el apartado anterior elevasen la cuantía de ejecución de la
contrata por encima de los 258.329.055,90 euros, la Junta de Extremadura y la Comunidad
de Regantes asumirán, en los respectivos porcentajes de cofinanciación estipulados en el
presente convenio, las cantidades que superen el mencionado presupuesto de ejecución de
la contrata.
Decimoquinta. Modificación y resolución.
Las partes podrán modificar el presente convenio de colaboración en cualquier momento por
mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
El presente convenio puede extinguirse por:
— Acuerdo expreso y escrito de las partes.
— El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del
mismo.
— El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos
que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de
Seguimiento y a las partes firmantes.
Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo emitió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y
se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa conllevará