Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063627)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejeria de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura y la Comunidad de Regantes "Tierra de Barros" para la transformación en regadío en la zona regable de Tierra de Barros (Badajoz).
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

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el coste de la transformación y cumplir las restricciones impuestas en la Declaración de
Impacto Ambiental, en los estatutos de la comunidad de regantes, así cuanta legislación
en materia de aguas afecte a los cambios que se propongan.
— Proponer las modificaciones necesarias tanto al proyecto de obras, como al calendario
de ejecución de las obras en aquellos casos en los que esté debidamente justificado.
— Conocer y velar por el buen desarrollo de las obras y de la zona regable.
— Evaluar los resultados y medir el impacto de las actuaciones desarrolladas.
— Estudiar e intentar resolver cualquier diferencia que se plantee sobre la interpretación o
aplicación del convenio.
La Comisión de Seguimiento se reunirá con carácter ordinario, al menos, una vez cada 6
meses, a fin de evaluar el desarrollo de las actuaciones desarrolladas y, con carácter extraordinario, siempre que lo solicite alguna de las partes.
Esta Comisión de Seguimiento se disolverá una vez se extingan los efectos del convenio en la
fecha prevista en la cláusula duodécima.
No obstante, si por ambas partes se considerara necesario, para el buen desarrollo de la nueva zona regable, podrá proponerse la prórroga de la duración inicial del Convenio, mediante
la suscripción de la oportuna adenda, que deberá formalizarse en los términos de la cláusula
referida en el párrafo anterior.
Décima. Procedimiento de abono de la obligación financiera por la Comunidad de
Regantes.
Mensualmente, conforme sean aprobadas por la Junta de Extremadura las certificaciones de
obra, así como la certificación final, y en su caso, la certificación de liquidación, se notificará
por parte del servicio competente en materia de regadíos requerimiento de pago a la entidad
financiera titular del instrumento financiero por el importe que corresponda abonar a la Comunidad de Regantes, acompañado de copia de la certificación de obra o documento acreditativo de la ejecución de la obra, con la concesión de plazo para su ingreso en el número de
cuenta de la Tesorería que se indique en la comunicación; con advertencia de que en caso de
incumplimiento de dicho requerimiento se procederá a la ejecución del instrumento financiero
por parte de la Junta de Extremadura, conforme al procedimiento establecido legalmente.
En las certificaciones de obra que se libren con cargo al objeto del presente Convenio, la
aportación de la Comunidad de Regantes será invariablemente del 25,1791 % del importe