Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063627)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejeria de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura y la Comunidad de Regantes "Tierra de Barros" para la transformación en regadío en la zona regable de Tierra de Barros (Badajoz).
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

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8. A
 bonar a la Junta de Extremadura el importe de las certificaciones que correspondan en
función de su compromiso de cofinanciación.
9. A
 sumir todos los trabajos y costes de mantenimiento y explotación de las obras, una vez
que la Junta de Extremadura le entregue y autorice el uso de las mismas; y aceptar la
transmisión del dominio una vez transcurridos cinco años desde la certificación final de la
realización de la inversión, todo ello en los términos establecidos en el artículo 104 de la
Ley 6/2015, Agraria de Extremadura.
Sexta. Actuaciones que corresponden a Junta de Extremadura.
1. Redactar, aprobar y licitar el proyecto de transformación, que comprende las obras necesarias para la puesta en riego hasta las tomas en parcela, quedando excluidas del mismo las
obras e instalaciones en el interior de éstas.
2. A
 sumir la responsabilidad de la ejecución de las obras que le corresponda financiar y ejecutar como promotora y titular de las mismas, y resolver los conflictos que puedan derivarse
del desarrollo de los contratos de adjudicación que al efecto se suscriba.
3. A
 nunciar, realizar e instruir los procesos expropiatorios necesarios para la obtención de la
disponibilidad de los terrenos que deban conseguirse a través del procedimiento de expropiación forzosa y financiar los costes resultantes de las expropiaciones. Asimismo, deberá
recabar el certificado de disponibilidad de aquellos otros terrenos públicos necesarios de
ocupar para la ejecución de las obras.
4. R
 ecabar cuantos informes, autorizaciones y licencias que sean necesarios para la ejecución
de las obras que se proyectan, así como realizar los trámites oportunos requeridos a fin
de obtener su aprobación por los órganos competentes, realizando asimismo las actuaciones que resulten necesarias, entre otras, en materia de aguas, medio ambiente, servicios
afectados, salvo los relativos a la concesión de aguas para riego, que corresponderán a la
propia Comunidad de Regantes.
5. Tramitar y abonar cuantas tasas y demás gastos impliquen la obtención de las preceptivas
licencias administrativas, informes, permisos, autorizaciones o concesiones que se requieran para la correcta ejecución de la totalidad de las obras, salvo los relativos a la concesión
de aguas para riego.
6. Aprobar el proyecto constructivo, que incluye la totalidad de las obras necesarias para la
transformación en riego, a excepción de aquellas que sea necesario acometer en el interior