Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Pruebas Selectivas. Lista De Espera. (2022063800)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), por la que se convoca proceso selectivo para la constitución de listas de espera específicas de personas menores de 30 años, investigadoras, tecnólogas, personal técnico y otros perfiles profesionales en I+D+i, en el marco del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas (Programa Investigo).
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

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— 2.2. Máster universitario oficial relacionado con la titulación exigible para participar en
el proceso selectivo: (puntuación máxima 20 puntos).
Por la posesión de un máster universitario relacionado y distinto del exigido para participar en el proceso selectivo se otorgarán 20 puntos.
Para la valoración de este apartado se aportará copia auténtica del Título oficial o resguardo de haber abonado las tasas correspondientes para la expedición del título, en
el que figure la evidencia del pago de las tasas (fecha de pago o sello de la entidad
bancaria).
— 2.3. Diplomas o certificados obtenidos en cursos cuyo contenido esté directamente relacionado con la titulación exigible para participar en el proceso selectivo (puntuación
máxima 10 puntos):
Los cursos objeto de valoración deberán encuadrarse en alguna de las siguientes modalidades:


a) Los organizados o impartidos por las Administraciones Públicas, Colegios Profesionales o Universidades.



b) Los acogidos a los distintos Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas y de Formación Ocupacional.



c) Los organizados o impartidos por las Organizaciones Sindicales o sus fundaciones
al amparo de los Convenios suscritos con la Administración General de Estado,
con las Administraciones de las Comunidades Autónomas u otras Administraciones Públicas.

P
 ara la valoración de este apartado se tendrá en cuenta las siguientes reglas:


a) Con carácter general, la puntuación de los cursos de formación se regirá por el
sistema de créditos, de tal manera que los cursos de formación aportados por
las personas interesadas en los que solo vengan las horas de formación, éstas
se traducirán a créditos. A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas y a 0,10
puntos.



b) Los cursos de formación inferiores a diez horas de duración no serán objeto de
valoración.



c) En caso de que los cursos de formación aportados vengan tanto en horas de
formación como en créditos se tendrán en cuenta éstos últimos para su valora-