Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Pruebas Selectivas. (2022082023)
Anuncio de 2 de diciembre de 2022 sobre convocatoria de empleo para la estabilización de empleo temporal para el año 2022.
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Lunes 12 de diciembre de 2022

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encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar original o copia auténtica del documento de identidad o pasaporte y del resguardo de haber solicitado la
tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar original o copia
auténtica o del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado
la correspondiente tarjeta o resguardo de haber solicitado la exención del visado y la
correspondiente tarjeta. También deberán presentar la documentación expedida por
las autoridades competentes que acrediten el vínculo del parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o nacional de la Unión Europea, con el que existe este
vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de
que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo
3. Q
 uienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la Base Segunda, no podrán ser contratado por la empresa convocante, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Décima. Adjudicación de puestos y contratación.
1. E
 l departamento de RRHH de Extremadura Avante, se pondrá en contacto con los aspirantes que han superado el proceso para transmitirle las indicaciones oportunas para su
incorporación y firma de contrato.
2. L
 os contratos de trabajo suscritos habrán de someterse a lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto de trabajadores y su normativa de desarrollo.
3. L
 os contratos de trabajo se celebrarán por escrito incluyendo en todos ellos el período de
prueba, conforme establece el Estatuto de los Trabajadores. Y que tendrá una duración de
dos meses para el acceso a la categoría profesional del Grupos I. Durante dicho período de
prueba la Dirección, la Coordinación o el responsable del área evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.
4. No estarán sujetos al período de prueba aquellos trabajadores que hayan prestado servicios
con anterioridad en el centro en la misma categoría profesional, área de actividad, y en su caso
especialidad, bajo cualquier modalidad de contratación, durante un período igual o superior al
establecido como período de prueba según el grupo del puesto de trabajo a desempeñar.
5. L
 as situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad,
durante el periodo de prueba, interrumpen el cómputo del mismo.