Ayuntamiento De Casas De Don Pedro. Normas Subsidiarias. (2022082013)
Anuncio de 1 de diciembre de 2022 sobre aprobación definitiva de la modificación n.º 8 de las Normas Subsidiarias 1/2022.
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Lunes 12 de diciembre de 2022



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4. La tipología edificatoria estará en función del uso concreto y las áreas colindantes.

10.7.2. Condiciones de la parcela.


No se establece ninguna limitación en cuanto a la superficie mínima de parcela.

10.7.3. Edificabilidad.
Se aplicará la correspondiente a la zona de ordenanza en la que se ubiquen. Las dotaciones de titularidad pública no consumirán aprovechamiento urbanístico.
10.7.4. Condiciones de posición de la edificación.


Libre. No se establecen condiciones de ocupación máxima de parcela.

10.7.5. Condiciones de Volumen.
1. Altura.


— La cota de referencia se determinará según lo establecido, en función del área
donde esté enclavado el equipamiento.



— La altura máxima permitida será de tres plantas y 11,80 metros

2. Patios.
Se permiten patios, cuyas dimensiones mínimas vendrán determinadas por la normativa sectorial.
10.7.6. Condiciones estéticas.
Las condiciones estéticas serán las mismas que las del área donde esté enclavado el
equipamiento.
10.7.7. Condiciones de uso.


1. El uso principal será el Dotacional y Servicios Públicos en todas sus clases.



2. Los usos complementarios serán:



— Residencial, únicamente vinculado a la vigilancia del propio equipamiento.



— Aparcamiento y garaje al servicio de los usos permitidos. El estándar de 1 plaza
de automóvil por cada 150 m2 construidos deberá resolverse dentro de la propia parcela cuando el número de plazas de aparcamiento a disponer sea igual o