Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sentencias. Ejecución. (2022063735)
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 21/2021, dictada el 20 de enero de 2021 por el Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 de Mérida, en el procedimiento ordinario n.º 351/2018.
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Viernes 9 de diciembre de 2022

terminadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General
de la Consejería (DOE n.º 144, de 26 de julio de 2019), fueron delegadas, entre otras, “Las
competencias que me atribuye el Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación
administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales”.
Por tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Proceder a la ejecución de la Sentencia n.º 21/2021, de 20 de enero, dictada por el Juzgado
de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 de Mérida en el procedimiento ordinario n.º 351/2018,
cuyo fallo, en su tenor literal, dice:
“Se estima la demanda interpuesta por Dña. Beatriz de Bonilla Lamela, D. Alfonso Merry
del Val Morenés, Dña. Julia Szerman Zyssholtz, y la mercantil “Comunicaciones Waterloo,
SL y, en consecuencia, procede estimar la acción declarativa declarando que el dominio de
la finca n.°: 981 (IDUFIR: 06008000124966), inscrita al Tomo 136, Libro 7, Folio 32, del
Registro de la Propiedad de Herrera del Duque-Puebla de Alcocer, sección de Helechosa de
los Montes, identificada y delimitada en el informe pericial aportado junto a la demanda,
a favor de los demandantes, en el porcentaje que figura en los hechos de la demanda: D.
Alfonso Merry del Val Morenés, un 25% como bien privativo;- Dña. Beatriz Bonilla Lamela,
otro 25% también como bien privativo;- Dña. Julia Szerman Zyssholtz, un 5% igualmente
como bien privativo; - Y la sociedad patrimonial Comunicaciones Waterloo, SL, el 45%
restante, haciendo pasar a las demandadas por dicha declaración.
Se condena a las partes demandadas al pago de las costas procesales”.
Mérida, 25 de noviembre de 2022.
La Secretaria General.
Por delegación, según Resolución de 23
de julio de 2019,
(DOE n.º 144, de 26 de julio de 2019),
MARÍA CURIEL MUÑOZ

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