Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063625)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Servicio Extremeño de Promoción a la Autonomía y Atención a la Dependencia y la entidad Cruz Roja Española por el que se formaliza la concesión directa de una subvención, para la ejecución del "Programa de Teleasistencia Avanzada Personalizada".
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NÚMERO 235
Viernes 9 de diciembre de 2022

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se recogerán a su vez los indicadores de evaluación cuantitativos y cualitativos medibles
y coherentes que permitan conocer el grado de consecución de los objetivos establecidos
y el impacto en la población destinataria del programa, así como las incidencias surgidas
durante su desarrollo y las desviaciones acaecidas.
Los documentos acreditativos de los gastos justificados se marcarán con el estampillado, que
se recoge a continuación, indicando en el mismo el importe que se imputa a la subvención:
Gasto imputado a la subvención de concesión directa de la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales para financiar el “Programa de Teleasistencia Avanzada Personalizada” a Cruz Roja
Española en Extremadura
Importe___________ euros

La entidad Cruz Roja Española en Extremadura conservará los originales de las nóminas, facturas
y documentos justificativos del programa subvencionado, que estarán a disposición de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, de la Intervención General de la Junta de Extremadura y
de cuantos órganos fiscalizadores y de control, nacionales o comunitarios, pudieran requerirlos.
Sexta. Gastos Subvencionables.
Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la
naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para su desarrollo y se realicen dentro del período de ejecución previsto en el programa, adecuándose a lo
recogido en el presente convenio y se abonen con anterioridad a la finalización del plazo de
justificación de la subvención establecido en el mismo. En ningún caso el coste de adquisición
de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
La totalidad de los gastos contraídos, susceptibles de imputarse a la subvención, deberán enmarcarse en la relación de conceptos justificables y conforme a la distribución del gasto que
figura en el presupuesto de la actuación objeto de subvención.
En particular, y sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, serán subvencionables:
a) Gastos de personal:
Serán subvencionables los gastos íntegros derivados del personal que la entidad beneficiaria
tenga ya contratado o contrate para el desarrollo del proyecto subvencionado (retribuciones,
cuotas a la seguridad social, retenciones de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
y otros conceptos de carácter similar), siempre y cuando los puestos de trabajo del citado
personal se ubiquen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.