Presidencia De La Junta. Emigración. Ayudas. (2022063758)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas al Programa I de actividades de las comunidades extremeñas en el exterior, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 234
Miércoles 7 de diciembre de 2022



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— Gastos derivados de la organización o participación en jornadas, exposiciones o ferias sectoriales.

c) Actividades promovidas por la juventud o para la juventud que guarden relación con
Extremadura:


— Gastos derivados de la organización e impartición de Formación específica de la juventud en la gestión de las entidades extremeñas y de las instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro y mejora de habilidades directivas.



— Gastos derivados de la organización y realización de Intercambios de grupos de la
juventud pertenecientes a las comunidades extremeñas para la realización de actividades culturales, musicales, deportivas y sociales.



— Gastos derivados de la organización e impartición de Formación específica de la juventud para el conocimiento y empleo de las nuevas tecnologías de la comunicación.



— Gastos derivados de la organización y promoción de actividades deportivas que fomenten la relación entre la juventud de origen extremeño.



— Gastos derivados de la creación, organización y apoyo de grupos de teatro, música y
danza joven, o secciones juveniles de grupos ya existentes.



— Gastos derivados de la realización de actividades culturales relacionadas con Extremadura (cursos, ciclos de conferencias, muestras, ciclos de cine o de teatro, conciertos o similares) destinadas específicamente al conjunto de jóvenes de la entidad.

— Gastos derivados de la Creación y organización de foros de debate e intercambio
cultural entre la juventud de la emigración y la juventud extremeña, así como entre
intelectuales, científicos/as y personas expertas en diversos campos de Extremadura
y del país donde estos foros tengan lugar.
d) Otras actividades dirigidas a cumplir el objeto social de la entidad:


— Gastos derivados de actividades orientadas a una mejor integración y participación
de las personas extremeñas residentes en su ámbito de actuación, en la vida de la
propia comunidad y en la de los países o comunidades autónomas españolas de acogida y sus gentes.



— Gastos derivados de la ejecución de otro tipo de acciones no recogidas entre las anteriores, necesarias para la consecución del objeto social recogido en los estatutos
de la sociedad, siempre que fomenten los vínculos con Extremadura y no tengan
carácter exclusivamente comercial o profesional sometido a precio.