Presidencia De La Junta. Emigración. Ayudas. (2022063758)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas al Programa I de actividades de las comunidades extremeñas en el exterior, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 234
Miércoles 7 de diciembre de 2022

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e) Por la realización de actividades formativas relacionadas con las nuevas tecnologías de
la información y la comunicación, 6 puntos.
f) Por disponer de página web o ser titular de cuentas en redes sociales, 6 puntos.
g) Por el número de personas asociadas que componen la comunidad extremeña, a fecha
de presentación de la solicitud de ayuda, según los datos que figuren en el Registro
oficial de comunidades, de acuerdo a la siguiente proporción:


1) Menos de 60: 2 puntos.



2) Entre 60 y 120: 4 puntos.



3) Más de 120: 6 puntos.

h) P
 or la existencia de paridad de hombres y mujeres en la Junta Directiva de la comunidad
extremeña (proporción entre los géneros entre el 40 % y el 60 %), de acuerdo con los
datos que consten en Registro de Comunidades Extremeñas en el Exterior a fecha de
presentación de la solicitud de ayuda: 6 puntos.
i) La participación en las juntas directivas de la comunidad de jóvenes que tengan menos
de 45 años en el momento de presentarse la solicitud, a fecha de presentación de la
solicitud de ayuda, según los datos que figuren en el Registro oficial de comunidades, de
acuerdo con la siguiente proporción:


1) Del 1 al 10%: 1 punto.



2) Más del 10% hasta el 20%: 2 puntos.



3) Más del 20% hasta el 30%: 3 puntos.



4) Más del 30% hasta el 40%: 4 puntos.



5) Más del 40% hasta el 50%: 5 puntos.



6) A partir del 50%: 6 puntos.

2. Informe de la Comisión de Valoración.
Realizada la evaluación, la Comisión de Valoración ordenará las solicitudes de acuerdo con
la puntuación obtenida de más a menos y concretará la cuantía de la ayuda para cada comunidad solicitante de acuerdo con la siguiente fórmula:
CI = CT x PI
(PT)