Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Urbanismo. (2022AC0089)
Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano de Cabañas del Castillo, para la reclasificación de Suelo No Urbanizable a Suelo Urbano de la parcela 181 del polígono 3, que se encuentra colindante con el perímetro de suelo urbano en la pedanía de Retamosa, para la obtención de reserva dotacional. (M-009).
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Miércoles 7 de diciembre de 2022

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por sus plantaciones de arbolado y por su nula o mínima edificación. En el ámbito de
la unidad se distinguen las siguientes categorías:


Categoría 1.ª: plazas y jardines.



Categoría 2.ª: juego de niños (infantiles y pre-adolescentes).



• Uso de viario e infraestructuras urbanas: comprende los terrenos destinados al sistema de comunicaciones y a la dotación de servicios vinculados a las infraestructuras
urbanas básicas. En el ámbito del sector se distinguen las siguientes categorías:



Categoría 1.ª: viario.



Categoría 2.ª: aparcamientos asociados a la red viaria.



Categoría 3.ª: infraestructuras urbanas.

Los usos que se relacionan anteriormente se entienden prohibidos en el ámbito de la
unidad, salvo similitud con algunos de ellos.
Los usos que se relacionan en este artículo se ajustarán en lo no previsto en estas ordenanzas a las condiciones generales de uso fijadas por las ordenanzas vigentes y a la
normativa sectorial de la Administración del Estado o de la Comunidad Autónoma de
Extremadura que les pudiera afectar.
— Usos permitidos asociados con carácter general al uso principal.
Con carácter general, salvo disposición en contra de las condiciones particulares de la
zona, se entenderán autorizados como usos complementarios asociados al uso determinado los siguientes:


1. E
 l uso de garaje – aparcamiento tendrá el carácter de uso permitido para los usos
determinados o permitidos de vivienda, terciario y dotacional para el servicio de las
necesidades de la parcela.



2. E
 l uso de espacios libres tendrá el carácter de uso permitido para cualquiera de los
usos determinados o permitidos en zonas edificables, en las partes de las parcelas
que resulten libres de edificación en aplicación de las presentes ordenanzas.

CONDICIONES URBANÍSTICAS PROPUESTAS
Debido a que la propuesta definida en la presente Modificación consiste en la clasificación
como Suelo Urbano de la Parcela 181 Polígono 3 (paraje Cercados), la cual se califica como