Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063578)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de la Juventud de Extremadura y el Ayuntamiento de Olivenza por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención para la realización de "Labores de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de dicha localidad durante los años 2022 y 2023".
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NÚMERO 233
Lunes 5 de diciembre de 2022

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en la organización de acciones y actividades enfocadas a la población joven de la localidad y
la comarca, y con ello impulsar un plan local de juventud, han acordado suscribir el presente
Convenio bajo las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
1. El objeto del presente Convenio es instrumentar la concesión directa de una subvención
a favor del Ayuntamiento de Olivenza (Badajoz), con CIF P0609500D, de acuerdo con lo
establecido en los artículos 22.4.c) y 32.1.b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el fin de realizar labores de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de esta localidad,
con sujeción a los términos que en el presente Convenio se establecen.
2. E
 l procedimiento de concesión directa viene justificado tanto por el carácter de entidad pública territorial de Extremadura del beneficiario, como por el desarrollo de las competencias
que ambas administraciones, autonómica y local, comparten, además de posibilitar el cumplimiento del manifiesto interés público y social que la instalación está llamada a cumplir y
que se verá posibilitada por la inversión de la presente subvención.
Segunda. Obligaciones del Ayuntamiento de Olivenza.
El Ayuntamiento de Olivenza destinará la ayuda concedida al fin que fundamente la concesión
de la presente subvención, asumiendo, sin perjuicio del resto de obligaciones que para los
beneficiarios de subvenciones establece la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, las siguientes obligaciones:
1. G
 estionar y mantener el Espacio para la Creación Joven, contratando y tomando a su cargo
los gastos necesarios para su funcionamiento.
2. L
 levar a cabo la propuesta de actividades presentada y autorizada por la Dirección General
del Instituto de la Juventud.
3. J ustificar el destino dado a las cantidades recibidas en concepto de subvención en los
términos previstos en el presente Convenio así como las que, en su caso, aportase el
Ayuntamiento debiendo quedar justificado a la fecha establecida en la Cláusula Séptima la
totalidad del coste del Programa Municipal.
4. Proveer el personal necesario para la apertura y cierre de las instalaciones, personal de
limpieza y de mantenimiento, así como para llevar a cabo las tareas de dinamización.